sábado, abril 27, 2024

Cámara aprobó y despachó reforma constitucional que entrega más atribuciones al Servel de cara al Plebiscito

Iniciativa fue aprobada por 141 votos, con 2 abstenciones y sólo 3 votos en contra.

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La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Ejecutivo, para su respectiva promulgación, la reforma constitucional que modifica normas respecto del plebiscito nacional de octubre de 2020, en relación a las medidas de seguridad que se deben adoptar por la pandemia, entregando una serie de atribuciones al Servel.

El proyecto fue aprobado en segundo trámite legislativo en los mismos términos propuestos por el Senado, alcanzándose una votación de 141 votos a favor, tres en contra y dos abstenciones (se requería para la aprobación de 93 votos favorables como mínimo).

Los votos en contra correspondieron a los diputados del Partido Republicano Ignacio Urrutia y los RN Cristóbal Urruticoechea y Harry Jürgensen, quienes se manifestaron su desacuerdo incluso en lo referido a realizar la votación. En tanto, se abstuvieron el UDI Sergio Bobadilla y el independiente pro RN Pablo Prieto.

La reforma aprobada faculta al Consejo Directivo Servel a redactar un protocolo sanitario para que las personas se sientan seguras de ir a votar el próximo 25 de octubre, como también extender el horario de la votación.

El Servel junto al Ministerio de Salud, deberán dictar las normas sanitarias al menos 45 días antes del plebiscito, es decir, tiene plazo hasta el 10 de septiembre.

El ministro de la Segpres, Cristián Monckeberg, aseguró en tanto que el Gobierno espera promulgar esta reforma con celeridad, de modo que su letra comience a ser implementada de inmediato, para garantizar un proceso participativo, democrático posible y seguro para la población.

Debate encendido

En el debate, la oposición remarcó la necesidad de realizar el plebiscito como está comprometido ante la ciudadanía, pero efectuando las necesarias medidas de resguardo que posibiliten la realización de un proceso seguro, para lo cual estimaron relevante la materialización de esta propuesta.

Sin embargo, también hubo posiciones que, pese a reafirmar su disposición favorable a la aprobación de la iniciativa, criticaron que se entregara una facultad tan abierta al Servel y no se fijaran algunas materias por ley.

En el oficialismo, en tanto, las opiniones fueron marcadamente divididas. Algunos indicaron su posición en favor de la presente reforma, entendiendo la necesidad de aplicar medidas de seguridad para el correcto desarrollo del plebiscito, con garantías mínimas para que el Servel pueda regular el proceso, hoy, ya con un sentido de premura frente a la cercanía de la fecha.

Por el contrario, hubo otras opiniones más duras que incluso refutaron mantener el proceso plebiscitario para el próximo 25 de octubre, estimando que no se presentan aún las condiciones sanitarias necesarias para su ejecución. En tal plano, se llamó a suspender el proceso y calificaron como “irresponsable” avanzar en una línea contraria.

Así fue como el diputado Sergio Bobadilla abogó porque el Plebiscito del 25 de octubre no se haga debido al riesgo de contagio de Covid-19.

Durante una intervención que hizo en la Cámara de Diputados, el legislador planteó que hay que ser consecuentes, porque “si no queremos que vuelvan nuestros niños a clases el año 2020, por la inseguridad que significa esta pandemia, el mismo principio y criterio debiéramos aplicar para este evento”.

“Queremos un plebiscito seguro, por cierto que lo queremos seguro, y yo creo que el plebiscito más seguro es el que no se hace y no exponemos a nuestra gente los efectos de la pandemia“, sostuvo.

Por su parte, el RN Harry Jürgensen pidió postergar de nuevo el referéndum, asegurando que «es el peor momento para realizar cualquier elección», debido a la pandemia, añadiendo que «si queremos un plebiscito que se desarrolle de manera ejemplar, debe realizarse en condiciones de normalidad, donde las campañas, el ir a votar y ser apoderado de mesa no esté limitado ni ponga en riesgo la salud de uno o más chilenos«.

«La pandemia está lejos de terminar», recalcó Jürgensen, aseverando que realizar la consulta en octubre próximo «es un derroche y una irresponsabilidad se mire por donde se mire; con normas nuevas o sin normas nuevas».

En la misma línea, su compañero de tienda política, Cristóbal Urruticoechea, afirmó que el plebiscito es «imposible» de realizar en octubre y cuestionó su validez si es que no participan, al menos, 10 millones de personas.

Huelga decir, y recalcar, que la iniciativa fue aprobada de forma aplastante.

La reforma en detalle

De acuerdo al informe de la Comisión de Constitución, la norma pasa por determinar que el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) deberá dictar, con a lo menos 45 días de anticipación al plebiscito nacional, mediante acuerdo adoptado por los cuatro quintos de sus miembros en ejercicio, las normas e instrucciones necesarias para su desarrollo.

Para lo anterior, se faculta al organismo para fijar reglas especiales y diferentes a las establecidas en la Ley 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, como por la constitución, instalación y funcionamiento de mesas receptoras de sufragios y la dictación de un protocolo que será obligatorio para electores, apoderados, funcionarios participantes y miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren a cargo del resguardo del orden público (más detalles en lámina más arriba).

El texto remarca que, en ningún caso, las medidas sanitarias de carácter general podrán afectar la realización del plebiscito a nivel nacional, regional ni comunal.

Asimismo, se indica que el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá publicarse en el Diario Oficial y en la página web de dicho servicio, dentro de los dos días siguientes a la fecha de su adopción, el cual será reclamable fundadamente ante el Tribunal Calificador de Elecciones, cuya sentencia no admitirá recurso o acción alguna en su contra. Para estos procesos también se definen los plazos respectivos.

La norma, de igual modo, define que, en los spots que se realicen para este proceso plebiscitario se deberá incluir información respecto a las medidas sanitarias que se aplicarán para el caso.

Por último, se indica que el Servel deberá dictar las normas e instrucciones ya mencionadas para los procesos electorales de los años 2020 y 2021, siempre que al momento de dictar el acuerdo al se encuentre vigente una alerta sanitaria decretada por la autoridad respectiva.

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