viernes, mayo 3, 2024

Sigue avanzando el segundo retiro del 10%: Comisión de Constitución de la Cámara lo vota el próximo martes

El proyecto establece un retiro mínimo de 35 UF y un máximo 150 UF, el cual se pagaría en un plazo e 30 días hábiles después de solicitado a la AFP y en una sola cuota.

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Conociendo el resultado del plebiscito del domingo próximo, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados votará en general los tres proyectos refundidos que apuntan a permitir un segundo retiro de fondos de pensiones de las AFP.

La sesión se realizará el martes 27 entre las 15 y 17:30 horas, ocasión en que están invitados los ministros de Hacienda y de Trabajo, Ignacio Briones y María José Zaldívar, respectivamente.

Una de las impulsoras del proyecto, la diputada Pamela Jiles, dijo que lo acordado en la instancia es un avance significativo para la aprobación de este segundo retiro.

A través de su cuenta en Twitter, la parlamentaria señaló que “Miren Nietit@s: logramos avance importante!!!! SEGUNDO RETIRO lo votamos el próximo martes 27 en general. Debemos lograr que los diputados de la Comisión de Constitución lo aprueben”.

Asimismo, el presidente de la comisión, Matías Walker (DC), sostuvo que “Para los que han preguntado: próximo martes votaremos en general (la idea de legislar) en la comisión de constitución de la @Camara_cl  todos los proyectos complementarios de #RetirodeFondos, tal como ya lo hicimos respecto de quienes tienen diagnosticada una enfermedad terminal”.

Los tres proyectos que se votarán ese día responden al que permite establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales; el que permite el retiro excepcional de fondos acumulados en compañías de seguros y el que faculta al Juez de Familia a autorizar el retiro de fondos de pensiones del alimentante moroso, por parte del alimentario o su representante legal en calidad de agente oficioso.

Asimismo, el proyecto del retiro del segundo 10% de los fondos establece que este se llevará a cabo en una sola cuota después de 30 días hábiles de solicitado a la AFP, el cual sería de un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF.

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