La Dirección del Trabajo determinó un descanso absoluto en Viernes Santo a quienes no lo hacía, argumentando un “derecho adquirido”.
Lo anterior se da en medio del debate respecto a si el Viernes Santo debe ser feriado irrenunciable.
Dictamen
Un dictamen señala que “el no haberse abierto durante años anteriores las tiendas de comercio al público durante la festividad religiosa correspondiente a Viernes Santo, indefectiblemente conlleva a razonar que, durante esa fecha, el empleador ha convenido tácitamente con tales trabajadores que el feriado se exprese como uno de descanso de forma absoluta”.
Y agrega que esto es “para fines de reflexión religiosa, espiritual u otra, sin que por ello se afecten sus remuneraciones”.
Se explica que esto “forma parte del contrato vigente con aquellos trabajadores y, en consecuencia, obliga a las partes a su íntegro cumplimiento”.
Trabajadores que se incorporaron recientemente
Sin embargo, el dictamen establece que no se incluirá a los trabajadores que se incorporaron recientemente al mercado laboral
Para que un beneficio sea un derecho adquirido es fundamental que el dependiente haya hecho uso de él reiteradamente en el tiempo.
Se indica que a pesar que el Viernes Santo no sea considerado como feriado irrenunciable, “no faculta ni autoriza al empleador desconocer la vigencia de las cláusulas tácitamente convenidas con sus trabajadores y trabajadoras”.