Este miércoles por la noche el Senado despachó a tercer trámite legislativo las Reglas del Uso de la Fuerza para las FFAA y de Orden y Seguridad.
Este proyecto -informa el Senado- inició su votación en la sesión del martes donde se realizaron 24 votaciones.
Este miércoles se pronunció sobre 11 votaciones, entre ellas, la que buscaba reponer atribuciones de la Justicia Militar en la iniciativa (rechazada), para las causas seguidas contra personal de fuerzas armadas y de orden.
Justicia Militar bloqueada
En lo fundamental, la indicación señalaba que:
«las causas seguidas en contra de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública por hechos derivados del cumplimiento de funciones de resguardo del orden público, protección de recintos militares o de la seguridad pública interior conforme a la Constitución Política de la República y la ley, serán siempre conocidas por los Tribunales señalados en el artículo 1° del Código de Justicia Militar».
En ningún caso o circunstancia los civiles que hayan intervenido en esos hechos podrán ser juzgados por los tribunales militares. Con todo, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, el Presidente de la República deberá presentar un proyecto de ley destinado a introducir al Código de Justicia Militar modificaciones en materia de garantías de imparcialidad e independencia».
La senadora Luz Ebensperger junto a Javier Macaya -udis- defendieron la admisibilidad , señalando que no se estaban dando nuevas atribuciones sino que se busca extender una facultad y que no es lo mismo ser juzgado por un juez especializado que por uno que no lo es.
La réplica vino del ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, manifestó que la indicación es inadmisible pues «altera sustancialmente la regla de persecución penal», asunto en el que coincidió la senadora Claudia Pascual.
Puesto en votación la admisibilidad de la indicación, la Sala, en votación dividida la declaró admisible. No obstante, al momento del votar su contenido, esta fue rechazada por no alcanzar el quorum requerido de 24 votos a favor.
Votaciones separadas: resultados mixtos
La Sala se pronunció sobre otros 10 temas, la mayoría de los cuales fueron aprobados en los mismos términos en que lo hicieron las comisiones unidas de Defensa Nacional y Seguridad Pública.
Se ratificó la norma sobre resguardo de orden público o de seguridad pública interior o en la protección de recintos militares, que establece las 8 reglas de uso de la fuerza para el personal de las fuerzas armadas.
Se eliminó un inciso de la regla número cuatro que se refiere al uso de dispositivos que no sean armamento letal destinado al lanzamiento de proyectiles que contengan pintura, gas pimienta, lacrimógenos, agua u otros menos letales.
El inciso eliminado señalaba que «debe evitarse apuntar y disparar armamento directamente al rostro, a la cabeza o al torso por sobre la parte baja del abdomen de cualquier persona».
También se aprobó con modificaciones el inciso referido al uso de la fuerza para la protección de infraestructura crítica pudiendo hacer uso de la fuerza potencialmente letal cuando se tenga por objeto impedir daños graves e inminentes a la infraestructura crítica.
También se sometió a votación y se aprobó la norma relativa al eximente de responsabilidad penal para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública o de las fuerzas armadas que cumpliere las reglas de uso de la fuerza establecidas.
Del mismo modo, se aprobó una norma relativa a las medidas disciplinarias y sobre peritajes en procedimientos sobre uso de la fuerza policial o militar.