Se despacharon las disposiciones vinculadas con la titularidad sindical, la extensión de beneficios y la huelga. Ahora, el texto legal pasa a su tercer trámite, a la Cámara Baja. Completo informe.
Tras dos días de debate y en una última jornada de discusión que se prolongó por más de 9 horas, este jueves, la Sala del Senado despachó en particular el proyecto, que moderniza el sistema de relaciones laborales, introduciendo modificaciones en el Código del Trabajo. De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados. En la recta final de la votación de esta tarde se aprobaron los artículos relacionados con la titularidad sindical, la extensión de beneficios y el concepto de huelga. Asimismo, se rechazó la obligación de negociar con los sindicatos interempresas. Por otro lado se despacharon los temas relativos a información, formación de pactos, negociación de federaciones y las normas transitorias. durante la jornada de este jueves, hubo incidentes por lo que el Senado pidió desalojar.
Titularidad sindical
Durante las primeras dos horas de debate en Sala, los senadores se dedicaron a discutir y a votar las propuestas que hizo la Comisión de Trabajo y Previsión Social respecto a las normas sobre titularidad sindical que es considerado uno de los temas centrales del proyecto, pues reconoce al sindicato como el sujeto principal de negociación colectiva, prohibiendo la existencia de los grupos negociadores en las empresas donde existen sindicatos.
Dichas disposiciones fueron aprobadas con 22 votos a favor y 14 en contra.
En lo fundamental, se agrupó en una sola votación 10 artículos: 5 y 6 (definición de contrato colectivo); 303 sobre negociación colectiva (definición, partes y objetivos); 315 negociación semi reglada; 321 instrumentos colectivos (contrato colectivo, convenio colectivo y acuerdo de grupo negociador); 328 negociación colectiva reglada y organizaciones sindicales; y artículos 11,43,82 y 178 donde se hacen cambios de nomenclatura de convenio colectivo de grupo negociador).
Quienes comparten las normas sobre titularidad sindical manifestaron que ellas son fundamentales para fortalecer la organización sindical y con ello convertir al sindicato en un interlocutor más fuerte frente a la empresa, lo que a la larga permitiría llegar a redistribuir la riqueza, pues el 70% de los trabajadores ganan menos de 300 mil pesos. Agregaron que con la eliminación de los grupos negociadores de las empresas donde hay sindicatos, también se fortalece a estos últimos, lo que en ningún caso sería inconstitucional o cercenaría la libertad de elegir de los trabajadores, sino que permite que haya una mayor igualdad.
Por su parte, quienes estaban contra estas disposiciones señalaron que lo que es titularidad para algunos, es un monopolio sindical pues se impone que sea sólo el sindicato como única forma de organización y negociación, lo que sería inconstitucional ya que afecta la facultad de elegir. De hecho, el senador Larraín hizo reserva de constitucionalidad en ese punto.
Asimismo, señalaron que más que una reforma laboral, el proyecto en discusión es una "reforma sindical" que parte de un diagnóstico equivocado donde no se respeta la libertad de las personas de organizarse donde estimen conveniente.

Servicios mínimos y equipos de emergencia
Para los artículos 359 de servicios mínimos y equipos de emergencia y 360 sobre calificaciones de los servicios mínimos y de los equipos de emergencia se alcanzó una aprobación de 17 votos a favor y 10 abstenciones y para el artículo 360 bis referente a la conformación de los equipos de emergencia se pronunciaron a favor 15 senadores, 2 en contra y 10 abstenciones.
Esto último, según destacó la senadora Muñoz - argumentando su voto en contra-porque se busca impedir el uso de las sedes de los sindicatos cuando están en huelga.
El senador Allamand, en tanto, anunció la abstención porque los mencionados artículos poseen, a su juicio, "deficiencias y errores".
Por último, para este grupo de votaciones se sometió a escrutinio y se respaldó la indicación del Ejecutivo que indica que "las medidas adoptadas por el empleador no podrán involucrar a un número superior de trabajadores del equipo de emergencia que no hayan sido suministrados por el sindicato. Salvo que la Inspección del Trabajo autorice fundadamente un número distinto".
Sindicato interempresas
ras un intenso debate, la Sala rechazó los tres artículos (362, 363 y 364) referidos a la negociación de los sindicatos interempresas.
Con 13 votos a favor y 15 en contra se dio la negativa al artículo principal asignado con el número 362. El 363 corrió la misma suerte con un resultado de 4 votos a favor y 23 en contra. El 364 fracasó al ser apoyado por un senador y rechazado por 21.
El texto mantenía el derecho a negociación de estos sindicatos y establecía requisitos para su conformación. A su vez, fijaba la obligación del empleador de negociar con este tipo de organización, fijando condiciones de acuerdo al tamaño de la empresa.
Dado este resultado, los legisladores que votaron a favor de esta figura, anunciaron que repondrán la norma en la Comisión Mixta. Intervinieron para defender la idea los legisladores Juan Pablo Letelier, Alfonso De Urresti, Carlos Montes, Jorge Pizarro, Alejandro Navarro, Carolina Goic, Ricardo Lagos Weber e Isabel Allende.
Éstos plantearon que hacer obligatoria la negociación con los sindicatos interempresas va en la línea de ampliar la capacidad de defender los derechos colectivos de los trabajadores.
La opinión opuesta expresaron los parlamentarios Andrés Allamand, Andrés Zaldívar, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán y Hernán Larraín. Ellos expresaron que la negociación siempre debe ser voluntaria y, a la vez, criticaron que el proyecto permita que empresas de distintos rubros puedan conformar uno de estos sindicatos, considerando que “las realidades no son comparables”, lo que provocaría distorsiones. También hicieron referencia al efecto “nefasto” que tendría en las pymes.
El final
Luego se procedió a la discusión de las normas donde se solicitó votación separada y los artículos transitorios.
Se aprobó por 16 votos a favor y 9 en contra el inciso final del artículo 306 que regula materias de negociación colectiva, en específico respecto a las empresas subcontratistas. Allí se establece que no se afectará las facultades de administración de la empresa principal.
Hicieron uso de la palabra los senadores Muñoz, Navarro, Araya, Letelier, Guillier y Allamand quienes discreparon sobre la decisión de entregarle dichas facultades al empleador, pues en la práctica podría anular el derecho a huelga de los sindicatos de subcontratistas.
Por 20 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención se respaldó la disposición del artículo 365 que establece un procedimiento especial de negociación para los trabajadores por obra y faena fijando en 12 meses el plazo de dicha obra. Intervinieron los senadores Muñoz, Navarro e Ignacio Walker quienes hicieron ver la inconveniencia del plazo pues deja en la indefensión a muchos trabajadores que se desempeñan en obras que duran menos meses.
Con posterioridad se sometieron a votación separada los artículos que aluden a diversas materias de información. Aquí la discusión estuvo centrada en la privacidad de las remuneraciones para los miembros de sindicatos. Los senadores Allamand, Navarro, Pizarro, Montes y De Urresti hicieron presente sus argumentos a favor y en contra e incluso el senador Allamand expresó sus dudas de constitucionalidad.
Hacia la última hora de debate se sometieron a consideración de la Sala y se aprobaron con votación de mayoría los artículos transitorios que regulan los plazos de vigencia de la ley, la vigencia de los pactos, quórum sindical, adecuación de los estatutos y grupos negociadores entre otros temas.


