- Con la Ley Karin vigente, gestionar mal las vacaciones de invierno ya no es solo un problema de clima laboral: puede derivar en sanciones concretas. Experta explica qué deben revisar las empresas antes de que lleguen las solicitudes.
Las vacaciones de invierno traerán nuevamente semanas marcadas por viajes familiares, permisos y ajustes internos dentro de las empresas. Mientras desde Atacama hasta Los Ríos el receso escolar comenzará el 22 de junio y se extenderá hasta el 3 de julio, otras regiones iniciarán sus vacaciones durante julio, generando un período extendido donde miles de trabajadores deberán compatibilizar descanso, cuidados familiares y responsabilidades laborales.
Para las empresas, el desafío no es solo operativo. La entrada en vigencia de la Ley Karin instaló un marco preventivo que obliga a revisar cómo se gestionan las relaciones laborales durante estos períodos, incluyendo la forma en que se aprueban o rechazan solicitudes de descanso, la disponibilidad que se exige a los trabajadores y los criterios internos que regulan estas decisiones.
Si una empresa carece de criterios objetivos y rechaza solicitudes de manera arbitraria, se expone a la intervención directa de la Dirección del Trabajo (DT).
A nivel judicial, las consecuencias pueden ser aún más severas frente a las negativas injustificadas ya que rechazar una solicitud de feriado anual sin fundar la decisión en una causa legal, o permitir que un trabajador acumule excesivamente sus vacaciones, podría considerarse un incumplimiento grave de las obligaciones del empleador, lo que habilita a los afectados a forzar un despido indirecto (autodespido) con el respectivo recargo en las indemnizaciones. Asimismo, la insistencia en contactar a los colaboradores durante su descanso vulnera la prohibición legal expresa de formular requerimientos en días de feriado anual, y estas dinámicas, si resultan reiteradas y generan menoscabo, hoy configuran directamente acoso laboral, obligando a la empresa a activar investigaciones inmediatas y adoptar medidas de resguardo
Cuando la gestión de vacaciones se convierte en riesgo legal
La Ley Karin no modificó directamente las normas sobre vacaciones, pero sí estableció obligaciones concretas en materia de prevención de riesgos psicosociales. Las empresas que no cuenten con protocolos adecuados, criterios objetivos o mecanismos internos claros pueden quedar expuestas a consecuencias que van más allá del clima laboral.
"El riesgo no aparece necesariamente por rechazar una solicitud puntual. Aparece cuando ciertas dinámicas comienzan a repetirse: trabajadores que sistemáticamente reciben negativas sin justificación, diferencias injustificadas entre equipos, o expectativas permanentes de disponibilidad durante períodos legales de descanso", explica Marta Meneses, Gerente del Área Laboral de Auditeris.
La paradoja de la desconexión: otro frente que las empresas deben atender
Para los especialistas, este fenómeno obliga a mirar con mayor atención prácticas que muchas veces se han normalizado dentro de las empresas: mensajes reiterados por WhatsApp, solicitudes específicas, llamadas frecuentes o requerimientos operativos durante períodos legales de descanso.
“Las vacaciones no solo implican ausencia física del lugar de trabajo. También requieren espacios reales de desconexión. Cuando las personas continúan respondiendo mensajes, resolviendo problemas o manteniéndose disponibles permanentemente, el objetivo del descanso pierde efectividad”, explica Meneses.
Complementando además la Ley Karin: El nuevo abanico de derechos parentales en invierno
La gestión del descanso debe conversarse hoy con otras normativas recientes que empoderan a los padres durante el receso escolar. Gracias a la Ley N°21.645 de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, los trabajadores que tengan el cuidado de menores de 14 años tienen preferencia para que su feriado legal sea otorgado durante las vacaciones definidas por el Ministerio de Educación. Además, la misma ley les permite solicitar una modificación transitoria de sus turnos o de la distribución de su jornada diaria y semanal mientras los colegios estén cerrados.
Por último, el invierno suele estar acompañado de contingencias de salud. Las empresas deben estar preparadas para gestionar el artículo 199 bis del Código del Trabajo, el cual otorga a los padres hasta diez jornadas de permiso anual pagado en caso de que un hijo menor de 18 años sufra un accidente o enfermedad grave.
Desconocer u obstaculizar este abanico de derechos parentales no solo genera multas directas, sino que puede ser el gatillante para que el trabajador inicie un procedimiento legales en contra de la empresa.
Cómo prepararse para las próximas semanas
Los especialistas de Auditeris recomiendan que las empresas actúen antes de que lleguen las solicitudes:
- Definir criterios objetivos y por escrito para aprobar o rechazar vacaciones y permisos.
- Comunicar oportunamente las razones detrás de cada decisión.
- Establecer protocolos claros sobre disponibilidad durante períodos de descanso legal.
- Capacitar a jefaturas en gestión de riesgos psicosociales.
- Revisar si los mecanismos internos actuales cumplen con los estándares que exige la Ley Karin y la Ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
“Las empresas que entienden que gestionar vacaciones no consiste solamente en cubrir turnos, sino también en anticiparse, comunicar adecuadamente y fortalecer la experiencia de sus trabajadores, tendrán mayores herramientas para mantener tanto la continuidad operacional como equipos más comprometidos”, concluye Meneses.


