Establecer la obligación de las empresas de transporte de pasajeros de realizar controles periódicos preventivos de consumo de drogas a conductores, es el objetivo del proyecto que la sala de la Cámara aprobó por unanimidad y despachó a segundo trámite al Senado.
El texto establece el deber de quienes tienen a cargo estos servicios, públicos o privados, de practicar cada cuatro meses pruebas respiratorias u otras que permitan detectar la presencia de alcohol, estupefacientes o sustancias sicotrópicas ilícitas a todo el personal de conducción y a su costo.
Dichas pruebas se realizarán al inicio o antes del término de la jornada laboral de cada conductor.
Esto, sin perjuicio de las facultades que tiene Carabineros para practicar test de alchol o drogas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización.
Los parlamentarios solidarizaron con la familia y amigos de Mauro Alberto Gómez, de 14 años, que falleció tras ser atropellado cuando iba rumbo a su liceo por un conductor que dio positivo a cocaína.
Control consumo de drogas
La iniciativa propone que el Ministerio de Transportes, junto a Trabajo, establezcan el procedimiento y periodicidad de las pruebas de control de consumo de drogas.
Así también, los criterios objetivos, generales y despersonalizados de selección del personal de conducción sujeto a su aplicación, entre otras materias.
El proyecto dispone el resguardo de los derechos de las personas a acceso a la atención de salud; deberes de secreto y confidencialidad del personal calificado encargado de la toma de muestras y protección de datos personales.
Los diputados indicaron que así como la ley exige la revisión técnica de los vehículos, se debe garantizar que los conductores que cumplen con transportar pasajeros estén en condiciones de realizar su trabajo.
Sanciones
El proyecto dispone la obligación a los prestadores de servicios de transporte de pasajeros a mantener un registro escrito y reservado sobre la realización y periodicidad de las pruebas, junto a la individualización del personal fiscalizado.
Asimismo, remitir esta información al Ministerio de Transportes dentro de los siete días siguientes a la realización de los test.
El incumplimiento de esta obligación, denunciada por la Subsecretaría de Transportes al juzgado de policía local competente, implicará una multa de 2 a 10 UTM ($140.000 a $699.000 app.), por cada incumplimiento verificado.









