sábado, diciembre 6, 2025
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«Papitos Corazón» NO podrán renovar licencia de conducir si no están al día

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Un nuevo acorralamiento tendrán los mal llamados «papitos corazón» que no paguen sus pensiones.

Si están morosos en esta obligación (Pensión Alimenticia) no podrán renovar su licencia de conducir (como si fuera tan fácil renovarla ya que hay muchas personas que llevan meses y hasta años sin poder hacerlo y no son parte del grupo antes señalado).

Le medida fue propuesta y aprobada por la Cámara de Diputados.

La medida dispone que los inscritos en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos no podrán obtener ni renovar licencias de conducir. Además, los departamentos de tránsito deberán consultar mensualmente el registro para cancelar licencias vigentes.

Así, la Sala aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley 18.290, de Tránsito para restringir la entrega o renovación de licencias de conducir a quienes figuren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Requisitos para renovar u obtener licencias de conducir

El proyecto de ley incorpora como requisito para obtener la licencia de conducir no figurar en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. El funcionario correspondiente del departamento de tránsito, debe verificar esta condición al momento de realizarse una solicitud.

La propuesta también dispone cancelar la licencia de las personas inscritas en el registro después de la emisión del documento. Para ello, los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipal deberán realizar una revisión mensual del registro e identificar a deudores con domicilio en la comuna donde mantienen una licencia de conducir vigente.

De corresponder, el director del departamento notificará la cancelación administrativa de la licencia al titular por medios electrónicos o mediante carta certificada. Asimismo, se impide la renovación de licencias si el solicitante figura en el registro de deudores.

Finalmente, las personas afectadas por esta medida podrán volver a solicitar una nueva licencia una vez eliminados del registro, sin necesidad de esperar el plazo de dos años exigido para otras causales de cancelación.

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