La Corte Internacional de Justicia de La Haya dio lectura este jueves al fallo del caso que enfrentó Chile y Bolivia por el curso de las aguas del río Silala, iniciado en 2016, reconociendo que las aguas son internacionales y que Santiago hace un uso razonable del recurso hídrico.
De esta forma, el tribunal otorgó los primeros tres puntos solicitados por Chile, indicando que “la Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como un curso de agua internacional. También consta que mantiene que las características únicas del rio deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”.
Sobre el uso equitativo y razonable del caudal, La Haya señala que “durante el procedimiento quedó claro que las partes concuerdan que en ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el derecho internacional consuetudinario”.
En cuanto a la tercera petición de Chile sobre el derecho al uso actual que hace de las aguas del río, el tribunal precisa que “la Corte constata que las partes se han puesto de acuerdo en esta conclusión (…) por lo que no está llamada a pronunciarse”.
Asimismo, sobre la obligación de Bolivia de cuidar y prevenir el daño ambiental, la corte “considera que en el curso del procedimiento las partes han concordado en cuanto al fondo de la alegación de Chile. Así pues, concluye que la alegación ya no tiene objeto y que no debe pronunciarse sobre ella”.
A pesar de estos puntos, la Corte Internacional de Justicia de La Haya no quiso entregar un pronunciamiento final sobre la disputa entre ambos países, debido a las coincidencias entre los planteamientos de Chile y Bolivia.