lunes, diciembre 23, 2024

Diputado Alinco llama a Piñera a promulgar ley sobre endoso de pasajes aéreos

"Esto va a favorecer especialmente a la gente humilde, y a quienes somos de zonas extremas, así que hago un llamado al Presidente Piñera a que promulgue esto en beneficio del país y por supuesto, de la región de Aysén”, señaló el diputado independiente.

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La Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que permite ceder o retractar compra de pasajes aéreos, quedando de esta manera en condiciones de ser remitido al Ejecutivo para que sea promulgada como ley, por lo que el diputado René Alinco (Ind), quien es autor de la iniciativa, solicitó al Presidente Sebastián Piñera a no dilatar la promulgación y hacerla efectiva.

La Ley del endoso de pasajes, proyecto que presenté hace meses, ya se aprobó en la Cámara de Diputados y el Senado. Ahora le pido al Presidente de la República, desde la Patagonia, que promulgue rápidamente esta ley, que salga en el diario oficial para que sea aplicada«, señaló.

El parlamentario agregó que «esto va a favorecer especialmente a la gente humilde, y a quienes somos de zonas extremas, así que hago un llamado al Presidente Piñera a que promulgue esto en beneficio del país y por supuesto, de la región de Aysén”.

Los pasajeros podrán ceder su ticket hasta las 24 horas anteriores al horario del vuelo, de manera presencial o a través de la página web de la aerolínea. Podrá hacerlo hasta por un máximo de dos veces en el año, a razón de una por semestre, bajo determinadas condiciones.

Asimismo, dispone que un pasajero podrá poner término unilateralmente al contrato de transporte aéreo en vuelos nacionales, con derecho al reembolso completo de lo pagado, y sin que se le pueda aplicar descuento alguno. Ello, si lo hace dentro de las 48 horas posteriores a la adquisición de un pasaje, cuya salida se encuentre programada para dentro de los 7 días corridos siguientes; o dentro de los 7 días posteriores, contados desde la fecha en la que se compra el pasaje, cuando se trate de vuelos que deban realizarse en un plazo igual o superior a los 180 días desde la adquisición del pasaje.

Asimismo, se sanciona las transgresiones a las normas de cesión voluntaria y gratuita de pasajes aéreos nacionales con multa de 11 a 20 veinte UTM, pudiendo éstas aumentar a un rango de 21 a 30 UTM y presidio menor en su grado medio, en caso de reiteración de dichas conductas.

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