- Bomberos de Chile, junto con autoridades del Gobierno y del Congreso Nacional, presentó los alcances de la Ley N° 21.832, que fortalece las prestaciones médicas y económicas a los voluntarios e incluye a cadetes y brigadieres desde los 14 años durante actividades de formación y capacitación. Los nuevos beneficios fueron explicados mediante ejercicios pedagógicos realizados por bomberas, bomberos y brigadieres.
En la cancha interior de la Cuarta Compañía del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa se realizó el hito “Cuidar a quienes cuidan a Chile”, en el que fueron presentados los principales alcances de la Ley N° 21.832. La normativa amplía los beneficios para bomberas y bomberos que sufran accidentes o contraigan enfermedades en actos de servicio y actividades bomberiles.
La ceremonia contó con la presencia del presidente nacional de Bomberos de Chile, Juan Carlos Field; del subsecretario general de Gobierno, José Francisco Lagos; y del diputado Cristián Araya, expresidente e integrante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos. También participaron autoridades de la Comisión para el Mercado Financiero, integrantes del Directorio Nacional y representantes del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa.
Juan Carlos Field destacó el respaldo que la legislación entregará a la institución y a las nuevas generaciones. “Esta modernización amplía la protección de los bomberos accidentados en actos de servicio e incorpora a cadetes y brigadieres durante sus actividades de formación y capacitación. Esto entrega tranquilidad a quienes comienzan su camino bomberil y, especialmente, a sus familias. También fortalece la cobertura de gastos médicos y la atención de salud mental. Cuando la CMF dicte la normativa correspondiente, informaremos sus alcances a todos los Cuerpos de Bomberos del país”, señaló.
Una protección más amplia e integral
La Ley N° 21.832 amplía las situaciones consideradas como actos de servicio y fortalece las prestaciones médicas y económicas. Además de emergencias, rescates y salvamentos, incorpora capacitaciones y entrenamientos en Chile y en el extranjero, acuartelamientos, guardias, actividades institucionales, tareas administrativas y determinados trabajos en cuarteles.
La salud mental se incorpora expresamente entre las prestaciones. Previa derivación médica, podrán cubrirse hasta 30 sesiones. Cuando se requiera atención prolongada, podrán autorizarse controles, medicamentos, exámenes, traslados y otros procedimientos por periodos de hasta tres años.
El subsecretario José Francisco Lagos valoró la mirada integral de la reforma. “Esta ley entrega una señal clara: el Estado y la sociedad deben cuidar a quienes cuidan a Chile. La ampliación de la protección en salud y la incorporación expresa de la salud mental son esenciales para resguardar integralmente a quienes prestan este servicio. Además, brinda tranquilidad a los jóvenes de las brigadas y a sus familias, porque, si ocurre un accidente durante su formación, no estarán solos”, expresó.
Protección para cadetes y brigadieres
Los cadetes y brigadieres desde los 14 años que estén inscritos en el Registro Nacional de Bomberos tendrán derecho al financiamiento íntegro de los gastos médicos derivados de accidentes ocurridos durante actividades cubiertas de formación y capacitación.
El diputado Cristián Araya destacó el aporte de las brigadas juveniles. “Ver materializado este proyecto es una gran satisfacción, porque fue fruto del trabajo coordinado de la Comisión, el Gobierno y Bomberos de Chile. Incorporar a las brigadas juveniles y fortalecer la cobertura de salud mental son avances cruciales. Las brigadas transmiten valores y son el lugar donde nace la vocación bomberil. Respaldarlas significa cuidar el futuro de la institución y realizar una contribución concreta al país”, afirmó.
Entrada en vigencia
Los nuevos beneficios comenzarán a regir cuando la Comisión para el Mercado Financiero dicte la Norma de Carácter General que establecerá el procedimiento de acceso. La CMF dispone de 180 días desde la publicación de la ley, ocurrida el 7 de agosto de 2026, plazo que vence el 3 de febrero de 2027. Las disposiciones se aplicarán a accidentes o enfermedades posteriores a su entrada en vigencia.



