El Consejo Fiscal Autónomo (CFA) alertó nuevamente que la Megarreforma que impulsa el Gobierno aún persisten riesgos fiscales que podrían afectar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
De esta forma, el CFA volvió a precisar que el análisis se centró exclusivamente en los aspectos fiscales del proyecto, sin emitir juicio sobre la política tributaria en sí misma o respecto del diseño específico de las propuestas y bajo la premisa de que los gastos permanentes deben ser financiados con ingresos permanentes.
Asimismo, se señaló que el contexto de estrés fiscal de corto y mediano plazo exige que el informe financiero (IF) del proyecto se realice con un enfoque de prudencia fiscal.
La presidenta de la entidad, Paula Benavides, remarcó nuevamente aspectos a tener en consideración previo al análisis.
Entre ellos, sostuvo que el proyecto combina medidas de gasto, modificaciones tributarias y medidas de simplificación regulatoria, con el objetivo de elevar el crecimiento tendencial de la economía, afirmando que el IF considera que el impacto fiscal del proyecto está asociado a efectos directos e indirectos (o de segunda vuelta), asociados al mayor crecimiento económico.
Respecto al efecto fiscal directo del proyecto, el CFA señaló que originalmente el informe financiero del 22 de abril de 2026 proyectaba un déficit máximo de 0,71% del PIB en 2030 y una moderación de este a 0,43% en 2050.
Agregó que al incorporar efectos indirectos asociados a mayor crecimiento, el déficit se reducía a 0,41% del PIB en 2030 y se revertía a un superávit de 0,78% en 2050.
Asimismo, el Consejo aseguró que “los IF N° 93, 97 y 120, publicados entre mayo y junio, introdujeron modificaciones posteriores que alteraron el resultado fiscal del PdL. En conjunto, los cambios implican un deterioro del balance fiscal de 0,1 pp del PIB a partir del segundo año, respecto del PdL original”.
Luego, el CFA describió los efectos fiscales de las modificaciones al proyecto, realizando una comparación con el IF N° 84 e identificando efectos de gastos e ingresos.
Respecto a los primeros, señaló los siguientes aspectos:
1) incentivos al retiro: se estima un menor ahorro (menor reducción del gasto) a partir de 2027, deteriorando levemente el resultado en 0,02 pp del PIB y luego 0,01 pp del PIB a partir de 2035;
2) compensación del Fondo Común Municipal: se estima un menor gasto, y mejora levemente el resultado entre 0,01 y 0,02 del PIB a lo largo de todo el período;
3) menor uso del Subsidio Único al Empleo: se estima un menor ahorro (menor reducción del gasto) de 0,001 pp del PIB a partir del 2029, que asciende hasta 0,01 pp del PIB en 2050. Esta última modificación fue valorada por el CFA, luego de haberlo advertido en su presentación a la Cámara el 5 de mayo.
En cuanto a los efectos por el lado de los ingresos, el Consejo mencionó los siguientes:
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el crédito tributario al empleo: la reconfiguración del esquema del crédito resulta en una mejora del resultado en 0,02 pp del PIB a partir de 2027, diferencia que disminuye a 0 en 2050, y
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2) la eliminación de la franquicia del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence): la exclusión de esta medida deteriora el resultado del proyecto en 0,1 pp del PIB a partir del año 2027, explicando la mayor parte del cambio respecto del IF N°84.
Consideraciones, riesgos y advertencias fiscales
El CFA valoró nuevamente que el proyecto priorice el crecimiento económico y promueva esfuerzos de eficiencia del gasto, ya que constituyen pilares para fortalecer la sostenibilidad fiscal en el mediano plazo.
Sin embargo, insistió en que una de sus recomendaciones recurrentes ha sido a avanzar hacia un Balance Estructural (BE) equilibrado, sustentado en una combinación de cuatro fuentes: i) mayor crecimiento tendencial; ii) nuevos ingresos tributarios; iii) ganancias permanentes de eficiencia y ajustes del gasto; y iv) reducción de evasión y elusión tributaria.
“No obstante, el IF del proyecto presenta déficits fiscales al menos hasta 2031, incluso considerando el efecto crecimiento, pese a que proyecta superávit en el largo plazo”, insistió el CFA, añadiendo que “esto cobra particular relevancia en el contexto de un nuevo escenario fiscal, en donde no hay holguras fiscales y la incertidumbre es elevada”.
En esa línea, el Consejo reiteró que un riesgo transversal de la iniciativa es el descalce entre costos y beneficios fiscales.
“Los costos fiscales (o menores ingresos) directos de las medidas se materializan con mayor certeza desde el primer año de vigencia. En contraste, los beneficios dinámicos asociados al mayor crecimiento se incorporan de forma gradual en el tiempo y con mayor incertidumbre respecto del momento de materialización de los efectos, y de la velocidad y magnitud de transmisión hacia PIB y recaudación. En consecuencia, este descalce podría resultar en un valor presente del PdL distinto y afectar la sostenibilidad de las finanzas públicas”, alertó el CFA.
De esta forma, señaló que “de no materializarse parcial o totalmente los mayores ingresos proyectados por la vía del crecimiento, podría observarse un deterioro fiscal adicional al del escenario del IF, presionando aún más el contexto de estrechez fiscal”.
En este contexto, el CFA identificó los principales riesgos fiscales del proyecto, distinguiendo entre efectos directos e indirectos, enfatizando que estos persisten con las modificaciones de la iniciativa legal.
Entre los riesgos de efecto directo que se mantienen, el CFA señaló los siguientes:
1) rebaja de la tasa de Impuesto de Primera Categoría: costo no es compensado por mayor crecimiento de la medida;
2) crédito tributario al empleo: alto costo fiscal efectivo y riesgo de consistencia con otras estimaciones;
3) compensación al Fondo Común Municipal: posible presión fiscal permanente;
4) probidad por licencias médicas: posible menor ahorro fiscal y costo no contemplado;
5) aumento cupos por incentivo al retiro: materialización del ahorro fiscal no garantizada;
6) sanciones al contrabando de tabaco: posible menor recaudación a la esperada;
7) el mecanismo de restitución por anulación de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA): sin cláusula de gasto máximo,
8) impuestos sustitutivos y repatriación de capitales: reiteración de medidas transitorias de regularización o anticipo puede debilitar el cumplimiento tributario, y comprometer la sostenibilidad de los ingresos fiscales en el mediano plazo.
Y entre los riesgos de carácter indirecto detalló:
1) incertidumbre de los impactos en el crecimiento del proyecto;
2) incertidumbre del traspaso del mayor crecimiento a ingresos fiscales futuros, y
3) reducción de plazos sectoriales, sugiriendo que se explicite la consistencia de la metodología y supuestos utilizados.
El CFA realizó advertencias fiscales relacionadas al deterioro fiscal por modificaciones al proyecto e iniciativas legales complementarias, señalando que la exclusión de la eliminación de la franquicia del Sence deteriora su resultado en 0,1 pp del PIB a partir de 2027.
“Esto constituye, hasta esta etapa de la tramitación, la principal fuente de deterioro del efecto fiscal respecto del proyecto original”, sostuvo el CFA.
Además, alertó que se ingresó un proyecto de ley separado que establece un beneficio de compensación por la compra de pañales y medicamentos, mediante un reembolso equivalente al IVA pagado, que implicará un mayor gasto fiscal de 0,02% del PIB en régimen.
Conclusiones y recomendaciones
Al cierre de su presentación, el CFA reiteró su valoración de la iniciativa legal al contemplar medidas orientadas a impulsar el crecimiento económico y que se complementen con esfuerzos de ajuste del gasto.
“No obstante, el proyecto presenta déficits fiscales al menos hasta 2031, incluso considerando el efecto crecimiento, y se han identificado diversos riesgos que podrían aumentarlos. A su vez, compromete gasto fiscal con alta certeza en el corto plazo y reduce ingresos permanentes, mientras que los efectos positivos dependen de ingresos futuros más inciertos asociados al crecimiento, lo que podría traducirse en un deterioro del balance fiscal si este no se materializa en la magnitud y velocidad estimadas”, insistió.
En ese marco, el Consejo indicó que “se requeriría un mayor esfuerzo fiscal para avanzar hacia una trayectoria de consolidación, lo que debiera reflejarse en el decreto de política fiscal y en las acciones correctivas asociadas al desvío de la meta de BE 2025 que fueron presentadas en el Informe de Finanzas Públicas”.
De esta forma, el Consejo reiteró las recomendaciones realizadas en mayo pasado como que el proyecto en sí mismo avance hacia una neutralidad fiscal en el corto y mediano plazo, asegurando tanto en magnitud como en temporalidad un adecuado calce entre los menores ingresos tributarios y medidas compensatorias.
“Para ello se pueden considerar medidas de mitigación adicionales dentro del PdL, como medidas compensatorias adicionales de ingresos y gastos. Para las medidas presentes en el PdL, especialmente las de mayor impacto, evaluar modificaciones en gradualidad, aplazamiento, fechas de término, límites de montos, monitoreo y condicionalidad, o mejoras en la relación costo/efectividad”, detalló.
Finalmente, insistió en la necesidad de lograr un diagnóstico común de la situación fiscal actual y concretar un acuerdo amplio en pos de la sostenibilidad fiscal que se refleje en las decisiones que adopten los poderes Ejecutivo y Legislativo, incluyendo este proyecto de ley.


