La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió un recurso de amparo presentado en favor de Josefina Hunneus y que ordenó la destrucción de escuchas telefónicas en el caso ProCultura.
La Segunda Sala del máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegales las escuchas telefónicas realizadas.
La sala estuvo integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, el abogado (i) José Miguel Valdivia y la abogada (i) Andrea Ruiz.
“Que en el caso presente, las medidas intrusivas decretadas – que afectaban precisamente los derechos fundamentales ya expresados-, no cumplieron dichos estándares, por las razones que latamente se expresan en la sentencia del a-quo, y que esta Corte comparte”, señala.
“Las resoluciones impugnadas en la acción constitucional impetrada devienen en ilegales, así como la ejecución de las medidas decretadas, y no pueden servir de sustento para una persecución penal en contra de la amparada”, dice el fallo.
Agrega que “no obsta a la solidez de los argumentos del fallo del tribunal de primer grado, ni menos puede estimarse que revelan un sesgo de parcialidad”.
La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Valderrama y Letelier.
En su opinión no hay ilegalidad en el actuar del Ministerio Público, de acuerdo a los fundamentos que se expresan en la disidencia.


