Luego de la publicación del respectivo reglamento, mañana miércoles entrará en vigencia la Ley que establece normas para la realización de Funerales de Riesgo.
El ministro de Seguridad, Luis Cordero, dijo que la condición de riesgo de un funeral lo determinará el Delegado Presidencial en base a un informe de Carabineros y antecedentes adicionales de la PDI o Gendarmería.
“Este deberá ejecutarse dentro del plazo de 24 horas una vez notificada la resolución por parte del delegado presidencial”, apuntó..
Explicó que la idea es dar tranquilidad a las personas, que no alteren la seguridad y el orden público, y tampoco se usen para enaltecer el crimen o delitos.
Desde que Carabineros inició este tipo de servicios en 2019 y hasta mayo de este año se han registrado 2.438 funerales con alguna clasificación de riesgo.
Además, se han realizado más de 169 mil controles preventivos y se ha detenido a 1.610 personas por diversos delitos e infracciones.
Por su parte, el general Marcelo Araya dijo que Carabineros de Chile “seguirá con los servicios policiales focalizados y debidamente planificados en esta nueva estrategia”.
“Pondremos todos nuestros medios y recursos a disposición para que eventos y situaciones tan relevantes como son este tipo de funerales catalogados de riesgo se desarrollen dentro del marco normativo”, mencionó.
Qué dice la ley
La Ley N°21.717 regula la realización de funerales que permitan presumir fundadamente que su realización representa un riesgo para la seguridad y el orden público.
Cuando ello ocurra, la autoridad ordenará en el más breve plazo posible que la inhumación o cremación se realice dentro de las 24 horas desde su notificación.
La resolución del Delegado o Delegada Presidencial considerará un informe técnico de Carabineros que consignará antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso, entre otros.
Dicho informe deberá ser entregado al Delegado en un plazo máximo de dos horas desde el conocimiento del deceso.
Simultáneamente, Carabineros determinará el tipo de despliegue y recursos necesarios para gestionar el riesgo asociado al funeral y comenzará a desarrollar acciones operativas.
Para la calificación de riesgo, además, el o la Delegada podrá requerir información a la PDI y a Gendarmería.
La ley dispone que en un plazo máximo de 24 horas desde su notificación se debe realizar la totalidad del proceso funerario.
Ello comprende la inscripción de defunción en el Registro Civil, la identificación y el traslado desde el lugar del deceso o desde el Servicio Médico Legal hasta donde se realizará la sepultación o cremación.
Además, la inhumación deberá realizarse dentro de un cementerio o crematorio autorizado por el Código Sanitario.
En relación a los posibles delitos que se cometan en el marco de estos funerales, se establece que las penas aplicables excluirán el grado mínimo.
Ello contempla los delitos cometidos dentro del cementerio o crematorio donde se realice una sepultación o cremación de la persona fallecida, así como aquellos que puedan ocurrir en las inmediaciones o durante el traslado del cortejo.







