lunes, diciembre 23, 2024

Sernac citará a declarar a representante de inmobiliaria Valle Lo Campino por construcción de viviendas afectadas por sistema frontal

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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) citará a declarar al representante legal de la inmobiliaria Valle Lo Campino por la construcción de viviendas que resultaron afectadas por el paso del sistema frontal y se encuentran bajo amenaza de un posible deslizamiento de tierras.

A través de un posteo en su cuenta oficial de “X”, el Sernac respondió a un usuario sobre la situación en Valle Lo Campino en la comuna de Quilicura, indicando que “Estamos muy al tanto de lo que plantea la vecina. Respecto a nuestras facultades, citaremos a declarar al representante legal de la inmobiliaria y nos reuniremos con vecinos/as para abordar su acompañamiento en exigir respuestas sobre esto”.

Además, el servicio recordó a los consumidores sobre sus derechos ante problemas en las viviendas asociados al sistema frontal.

El director nacional, Andrés Herrera, señaló que “hay un conjunto de derechos reconocidos particularmente en la Ley General de Urbanismo y Construcciones en relación con daños, desperfectos o fallas que presentan las viviendas y que sean de responsabilidad de la constructora o inmobiliaria”.

Según esta normativa, las empresas deben responder cuando se producen problemas en viviendas, de hasta 10 años de antigüedad desde la recepción municipal, dependiendo del tipo de falla:

En las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.

Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra

Esta normativa especial incluye el procedimiento de demandas colectivas por los daños y perjuicios en la calidad de las construcciones, y establece que la cantidad de consumidores afectados no puede ser inferior a seis.

En este sentido, Herrera añadió que “las fallas deben ser atribuibles a la responsabilidad de la inmobiliaria. Para iniciar acciones es pertinente que los vecinos se organicen para aportar los antecedentes necesarios, ya sea a través de la junta de vecinos o de los comité de vivienda”.

A partir de seis o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, Sernac puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.

En cuanto a casos recientes, el Sernac señala haber recibido diversos reclamos por daños en viviendas, incluso hace sólo unos días ofició a la Inmobiliaria Pacal, luego de que se conociera que 26 departamentos del conjunto inmobiliario de la región del Maule, habrían sido afectados por la acumulación de agua en el techo de las distintas torres de los edificios, produciendo filtraciones de agua lluvia al interior de esos departamentos.

Sobre casos exitosos, se indicó que la justicia ha ratificado los derechos de las y los consumidores en casos donde las viviendas se han visto afectadas por fallas atribuibles a las empresas constructoras y Sernac se ha hecho parte. Tales son casos en Temuco y Santiago, donde se compensaron a los reclamantes.

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