viernes, mayo 3, 2024

Presidente reivindicó valor de la política y derecho a la vida personal en promulgación de ley que facilita el teletrabajo para cuidadores

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El Gobierno promulgó este viernes la nueva Ley de Conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, instancia en la que el Presidente Gabriel Boric reivindicó el valor de la política y el derecho de chilenos y chilenas «a tener una vida personal, a disfrutar y gozar».
La iniciativa, también conocida como ley que facilita el teletrabajo para cuidadores, fue despachada este jueves por la Cámara de Diputadas y Diputados.

La actividad fue encabezada por el Presidente Gabriel Boric junto a las ministras del Trabajo, Jeannette Jara; de la Mujer, Antonia Orellana.

Desde Independencia, la titular del Trabajo hizo énfasis en que “una no puede estar solo cuidando, solo trabajando, o solo cuidando y trabajando, sino que también tiene que tener tiempo y espacio para una misma“.

Y agregó que la ley “también es para los hombres. Muchas veces el cuidado recae directamente en mujeres, por eso se habla de que la ley va a incentivar el trabajo femenino por una parte, pero también ayudará a hombres, a la calidad familiar, y al tiempo de trabajo“.

Presidente: «Nos falta carnaval»

En tanto, el Presidente agradeció la tramitación del proyecto, aseverando que «cuando logramos poner delante a los chilenos y chilenas salen cosas buenas», haciendo hincapié en la necesidad de «reivindicar el valor de la política», la cual debe ser capaz de «resolver los problemas de la gente».

«La política puede hacerlo, pero hay que ponerse de acuerdo», recalcó en este punto.

Además, el Mandatario, a propósito de la ley, comentó que «muchas veces el aspecto personal se deja de lado. Todos los chilenos y chilenas tienen derecho a tener una vida personal, a disfrutar y gozar».

Sobre esto recalcó que «en Chile como que somos un poco pacatos con el tema del goce y disfrute. Nos falta carnaval. Pero tenemos que retomarlo en el discurso público», destacando seguidamente que «el derecho al ocio, a jugar, compartir y no solo cuidar y trabajar es parte importante de lo que constituye la vida. Por eso creo que este proyecto va en la dirección correcta».

Alcance de la nueva ley

La medida servirá para que más de 1 millón 800 mil personas tengan derecho de manera preferente a usar su feriado legal durante vacaciones escolares.

Cabe recalcar que la ley fue aprobada para trabajadores del sistema privado.

El proyecto en detalle

  • El proyecto de ley establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, de modo que las o los trabajadores puedan efectuar todo o parte de su jornada diaria o semanal en esas modalidades en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.
  • Quienes podrán acceder serán las o los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años, o que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida. Debe tratarse de labores de cuidados no remuneradas.
  • La propuesta reconoce también derechos laborales destinados a favorecer la conciliación de la vida familiar. Por ejemplo, el derecho al uso preferente del feriado legal, estableciendo que las y los trabajadores que tengan a su cuidado a un niño o niña menor de 14 años o un adolescente menor de 18 años con una discapacidad, tendrán derecho a solicitar el feriado legal durante el período de vacaciones establecido por el Ministerio de Educación, debiendo analizar su solicitud en forma preferente a aquellas personas sin estas responsabilidades.
  • De igual modo, reconoce el derecho a solicitar ajustes de sistemas de turnos. Es decir, las y los trabajadores que se encuentran en los presupuestos descritos tienen el derecho, durante el período de vacaciones definido por el Ministerio de Educación y cuando la naturaleza de las funciones lo permita, a solicitar que se modifiquen transitoriamente turnos o la distribución de la jornada diaria y semanal para conciliar el trabajo con las necesidades de cuidado durante dichos periodos.
  • En ambas situaciones las o los trabajadores deberán acreditar que son cuidadores de personas causantes del derecho. Por ejemplo, mediante certificados de nacimiento del niño o niña; de inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad; o de registro de cuidador de una persona en situación de dependencia moderada o severa.
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