A partir de la crisis sanitaria vivida por nuestro país, muchas empresas principalmente pymes, se vieron en la obligación de realizar conforme a la ley, la suspensión de contratos de trabajo para poder sobrellevar la fuerte caída en sus ingresos. Debido a esta difícil situación es que el Estado decide ir en busca de la reactivación laboral, entregando distintos subsidios tanto para empleadores como trabajadores.
“El principal objetivo de estas medidas es reincorporar a las personas al trabajo luego de la suspensión, así como aumentar el trabajo formal en el caso de aquellos que perdieron su trabajo durante la crisis sanitaria o se encuentran incorporándose al mundo laboral”, explica Camila Castro, Líder Académica de la Carrera de Contador Auditor en Universidad de Las Américas.
Nos encontramos en diciembre y algunos de estos subsidios están a punto de caducar, por lo cual, es importante tanto para empleadores como trabajadores verificar si son beneficiarios de estos.
La profesional explica que “por un lado, tenemos el IFE Laboral, el que es un incentivo para que los trabajadores, previamente cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral que se crea. Los requisitos para su obtención son comenzar una nueva relación laboral desde agosto 2021, sueldo bruto menor o igual a 3 sueldos mínimos mensuales (1.011.000) y haber estado cesante durante el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Se podrán recibir como máximo 3 pagos y el último plazo de postulación es en marzo de 2022, fecha en la cual solo se alcanzará a recibir un pago”.
Asimismo, añade que “otro subsidio es el llamado “Protege”, el cual está destinado a trabajadores, dependientes o independientes, que tengan el cuidado de niños y niñas menores de 2 años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador. Se trata de un subsidio mensual de $200.000 por cada niño o niña que el trabajador tenga a su cuidado”.
También hay dos subsidios directamente pagados al empleador “Regresa” y “Contrata”. Camila Castro explica que el subsidio “Regresa” es un beneficio que se entrega al empleador por cada trabajador que estuvo con su contrato suspendido por Ley de Protección al Empleo y es reincorporado al trabajo. El empleador es el que debe realizar la postulación de sus trabajadores y estos deben cumplir los siguientes requisitos: mayores de 18 años, tener una remuneración bruta mensual de hasta 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) al momento de postular; haber estado acogido a suspensión laboral por Ley de Protección del Empleo, por lo menos 1 día entre el 6 de febrero y 6 de octubre de 2021, y haber sido reincorporado a sus funciones. Se paga de la siguiente manera: hombres entre 24 y 55 años: $160.000 mensuales; mujeres, jóvenes mayores de 18 y menores de 24, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez: $200.000 mensuales. El beneficio se entregará máximo hasta el periodo de remuneraciones de diciembre.
Añade que el subsidio “Contrata” es un beneficio que se entrega al empleador para incentivar la contratación de nuevos trabajadores y la mantención en sus empleos. En este caso el empleador debe postular a aquellos trabajadores nuevos a partir de mayo de 2021, deben ser mayores de 18 años y tener una remuneración bruta mensual de hasta 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) al momento de postular. El subsidio otorga al empleador 50% de la remuneración bruta mensual con tope de $250.000 por cada trabajador hombre entre 24 y 55 años y el 65% con un tope de $290.000 en el caso de mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez. El beneficio se entregará máximo hasta el periodo de remuneraciones de diciembre.
Para postular empleadores y trabajadores, según corresponda, deben ingresar prontamente a la página web www.subsidioalempleo.cl