Por Francisco Orrego, Abogado
En relación al rol que juegan algunas instituciones autónomas, bajo la actual Constitución, me ha parecido interesante reflexionar sobre algunas de ellas de cara al proceso de elaboración del nuevo texto constitucional. Me referiré a la importancia del Banco Central, de la Contraloría General de la República y del Tribunal Constitucional (TC).
Una de las importantes innovaciones de nuestra Constitución, es el reconocimiento de un Banco Central autónomo, cuya principal función consiste en velar por el control de la inflación y la estabilidad financiera. El banco emisor tiene prohibido financiar el gasto público u otorgar préstamos al Estado, sus organismos o empresas, en razón de la histórica y poco feliz experiencia de sobreendeudamiento de los gobiernos con el Banco Central, con niveles de hiperinflación jamás vistos (323% entre 1972 y 1973). Pocos recordarán que la independiencia del Banco Central, fue clave para reducir la inflación que experimentó nuestro país desde inicios de la década de 1990, cuando bordeaba entre el 25% y 30%.
El avance que hemos tenido en esta materia en Chile, no debe ser puesto en riesgo, menos aún si con ello debilitamos la institucionalidad, el ambiente macroeconómico y la responsabilidad fiscal, mismas que han permitido el crecimiento y la reducción de la pobreza. Sería el principio del fin. O, peor aún, el comienzo de nuestra argentinización. Ya sabemos dónde termina eso.
Por otra parte, existe una alta valoración en la ciudadanía sobre rol de la Contraloría en cuanto a ente fiscalizador de la administración pública. La Contraloría ha probado ser una entidad que ha cumplido las expectativas de muchas personas que no han logrado en tribunales u otros órganos públicos, el resguardo de sus derechos y/o la solución de sus problemas. Además, en materia de probidad y transparencia, la Contraloría ha tenido una participación muy activa, que es apreciada en general. Eso hace que, en el actual debate, no haya sido objeto de mayores cuestionamientos sobre su continuidad o no.
Mi única preocupación es que es un cargo donde toda la responsabilidad recae en una sola persona. Si tuviera que proponer algún cambio en su orgánica, sugeriría incorporar en la nueva Constitución un órgano colectivo (tipo Consejo del Banco Central), del cual dependa el Contralor o bien que lo asesore en su gestión.
Finalmente, frente a los cuestionamientos al rol del TC y a la propuesta de algunos sectores de eliminar sus facultades preventivas, soy partidario de detener esta imprudencia constitucional, y hago un llamado a defender -con respeto, fuerza y convicción- la valiosa labor preventiva que esta institución realiza en defensa de nuestra Constitución, de nuestra democracia y de nuestros derechos fundamentales.
La razón para mantener a este Tribunal -y sus facultades preventivas- es muy simple: los chilenos hemos sido testigos de los niveles de populismo, demagogia e irresponsabilidad de los parlamentarios en general y, de los de izquierda en particular, en el ejercicio de sus “labores legislativas”, resultándonos difícil confiar en la calidad o validez de muchas de nuestras leyes.
Ante el abandono de los parlamentarios a sus responsabilidades constitucionales y legislativas, la existencia del TC es una medida de salvaguardia de nuestros derechos fundamentales y al Estado de Derecho.