Este tipo de estafas aumentan significativamente durante esta temporada estival y hay pocas herramientas para generar un contrato entre arrendatario y arrendador, producto de la distancia. La firma electrónica aparece como una solución, la que incluso se puede protocolizar ante notario, y todo sin necesidad de que las personas involucradas tengan que reunirse personalmente. Te mostramos cómo funciona.
¿Tendremos vacaciones o estaremos en confinamiento? Es la pregunta que muchas personas se hacen en las últimas semanas, principalmente desde que el gobierno decidió que la Región Metropolitana por completo retrocediera a Fase 2, lo que impide a sus habitantes el traslado interregional.
Esto ha generado diversos problemas e incertidumbre entre quienes están reservando arriendos de viviendas en otras regiones, principalmente en las ciudades costeras, y también impulsa a que estafadores se aprovechen de la situación e intenten apoderarse del dinero de otros, a través de falsos alquileres.
¿Cómo podemos respaldarnos? El principal problema que existe es que cuando se llega un acuerdo, éste se realiza a distancia, y no presencialmente, debido a que por lo general, los dueños de las viviendas residen en ciudades distintas a los arrendatarios, situación que da pie para realizar publicaciones falsas y permitir que personas que ya adelantaron un porcentaje importante del alquiler, lleguen al lugar y se encuentren sin una vivienda.
Una forma de evitar esto, es a través de un contrato de arriendo temporal, el cual hoy, gracias a la firma virtual, se puede validar a distancia e incluso contar con una protocolización notarial, que protege tanto al arrendatario, como al arrendador o dueño de la vivienda.
“La firma electrónica se puede conseguir de manera online y muy fácilmente, creando así un contrato de arriendo que es válido para poder evitar este tipo de estafas. Dicho contrato también puede incluir detalles del cuidado de la vivienda, lo que además permite cuidar los intereses del dueño, para evitar daños a la propiedad. Si bien, los arriendos son por pocos días, igualmente es posible hacerlo y protocolizarlo ante notario, para darle validez”, señala Christian Rodiek, socio fundador de la empresa FirmaVirtual .
¿Cómo funciona? Nuestros clientes hacen llegar los documentos que necesitan, con la identificación de las personas, que puede ser a través de la cédula de identidad y para las empresas, se les agrega además el E-Rut o un comprobante que indica que es el representante legal de la empresa. Esos documentos se suben a una plataforma, los involucrados firman online desde su navegador, sin tener que instalar ningún programa, sino directo en la nube y ellos dibujan su firma o toman una fotografía y la cargan.
“Estos documentos firmados de manera online no tienen ninguna diferenciación y todo dependerá del trámite, para elegir si luego requiere protocolizar o certificar”, agrega el profesional.
El trámite que requiere luego de una notaría demora alrededor de 24 horas (todo realizado por la empresa) y sin notaría puede estar listo en 10 a 15 minutos.
Para más información y conocer el funcionamiento de este servicio, puedes ingresar a www.firmavirtual.legal