El Instituto Nacional de Derechos Humanos en relación a las últimas sentencias de la Excelentísima Corte Suprema comprende y comparte el dolor que ha producido en las víctimas y familiares que durante décadas han buscado la verdad y la justicia respecto a las graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos ocurridas en nuestro país.

Respecto a los beneficios carcelarios, si bien, de acuerdo al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a acceder a ellos, es importante recordar que, en el caso de graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos, existen requisitos diferenciados que es deber de los poderes colegisladores regular adecuadamente.

Entre estos requisitos, el INDH ha afirmado que debe considerarse la especial gravedad del delito; haber escuchado a las víctimas o sus familiares; también que el condenado haya expresado su voluntad de cooperar con la investigación, y que la conducta del condenado durante su detención revele un auténtico arrepentimiento y en ningún caso conlleven impunidad.

El INDH insta a todos los poderes del Estado y, en particular, a los órganos colegisladores a abordar y regular las libertades condicionales y las rebajas de condena conforme a los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos vigente, diferenciando entre delitos comunes y las violaciones a los derechos humanos. Lo anterior no solo se vincula con la obligación de brindar justicia y reparación a las víctimas sino también con el cumplimiento de la garantía de no repetición de estos graves delitos.

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