En un fallo inédito, la jueza del 25 Juzgado Civil de Santiago, Susana Rodríguez, estableció que “se condena a la parte demandada (la Catedral Evangélica) a pagar a la actora (Movilh), la suma de $5.000.000, a título de indemnización por daño moral”.
El monto que marca un precedente en la justicia local apunta a una sanción por “daño moral” contra la organización, porque desde dicha entidad eclesiástica asociaron las demandas legislativas que poseían con el abuso de niños y niñas.
En la sentencia, la jueza descartó que las críticas de la Catedral Evangélica contra el Movilh fueran religiosas o se ampararan en la libertad de culto, manteniéndose en opiniones de corte político que asocian al movimiento LGBTI con delitos.
Rolando Jiménez, integrante histórico de la organización, comentó que “la jueza define qué es la libertad de creencias, la libertad religiosa y la libertad de opinión, estableciendo límites al respecto, además de condenarse por primera vez a una entidad por dañar la honra de una institución sin fines de lucro, con lo cual es fallo es doblemente histórico y significativo”.
Recordemos que este reclamo en la justicia data del 8 de febrero, cuando el director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas en Chile, Cristián Nieto, sostuvo que la comunidad LGBTI promovía el abuso de menores y la prostitución infantil.