La Contraloría General de la República determinó que los funcionarios públicos no pueden pedir reembolso cuando utilizan aplicaciones para transportarse como Uber y Cabify, debido a que estas plataformas tecnológicas no están reguladas por el Ministerio de Transportes.
A través de un dictamen, el organismo contralor señala que “con motivo de diversas presentaciones, esta Contraloría General ha estimado necesario emitir un pronunciamiento que, en lo esencial, incide en determinar si procede reembolsar los gastos de traslado en que incurren los funcionarios públicos, en cumplimiento de comisiones de servicio o cometidos funcionarios, al hacer uso de servicios de transporte terrestre distintos de los regulados en el ordenamiento jurídico vigente”.
En otra parte indica que cada organismo público es el que elige el transporte idóneo para el “cumplimiento de comisiones de servicio o cometidos funcionarios, al hacer uso de servicios de transporte terrestre distintos de los regulados en el ordenamiento jurídico vigente”.
“En mérito de lo expuesto, no procede que la Administración reembolse a sus empleados los gastos en que incurran para su traslado utilizando servicios de transporte terrestre diversos de los reglamentados en los decretos singularizados en el párrafo que antecede, como sería el caso de los servicios requeridos a través de plataformas tecnológicas tales como Uber o Cabify, en tanto no se ajusten a los mismos”, establece el documento.
En cuanto a la restitución de gastos por alojamiento a través de la plataforma Airbnb, la Contraloría precisa que “es menester aclarar que ese tipo de gastos se encuentra cubierto por el viático, el cual no está sujeto a rendición, ello conforme a lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, por lo que no es del caso pronunciarse a dicho respecto”.