La Fiscalía Nacional decidió responder por oficio al “téngase presente” que le envió el subsecretario del Interior, Mahmud Aleuy, al timonel del organismo persecutor, Jorge Abbott, luego de las diferencias surgidas entre los fiscales que llevan el caso “Operación Huracán” y los abogados de la cartera.
Desde la Fiscalía se anunció que se responderá a los cuestionamientos planteados por Aleuy, indicando que “cada uno de los puntos” tendrá una respuesta en el documento que sería enviado próximamente a La Moneda.
Además, también se dijo que una vez que el documento sea enviado, la Fiscalía Nacional hablará públicamente de la situación generada por el envío del “téngase presente” desde la autoridad ministerial.
Hay que mencionar que Aleuy en el oficio acusa a que el secreto de la investigación fue utilizada con la finalidad de “ocultar la existencia de irregularidades ocurridas».
El texto añade que “concretamente se ocultó una presunta violación de secreto cometida al interior de la propia fiscalía y además una presunta adulteración de informes periciales cometida por funcionarios de Carabineros de Chile«.
Otro punto que Aleuy aborda es la decisión de decretar el cierre de la investigación en el caso, luego de haberse realizado «con al menos 23 diligencias investigativas pendientes, entre las cuales se encuentra incluso un requerimiento de información al Departamento de Estado de los Estados Unidos de Norteamérica«.
En ese sentido, el subsecretario menciona que lo anterior produjo «afectación del derecho de las partes a conocer el contenido de la investigación«.
Aleuy cuestiona en el oficio la pericia que detectó anomalías en los informes de Carabineros, ya que a su juicio y a pesar que fue hecho por un perito judicial competente, éste no estaría incorporado en la carpeta del proceso.
Finalmente, Aleuy acusa al fiscal jefe de Alta Complejidad de La Araucanía, Luis Arroyo, de presentar su querella usando «información que sólo pudo obtener en razón de su cargo como fiscal jefe».
Al respecto, el subsecretario sostiene que «con la conducta desplegada, infringió gravemente su deber de guardar reserva en relación con los antecedentes que conoce en el ejercicio de su función pública, y lo previsto en el artículo 246 del Código Penal. Además, para confeccionar dicho libelo, utilizó datos contenidos en el informe policial de inteligencia número 202, secreto, de Carabineros de Chile. Con ello infringió su obligación de resguardar la información de inteligencia en los artículos 38 y siguientes de la Ley 19.974«.