domingo, diciembre 22, 2024

Libres de polvo y paja: Corte de Apelaciones de Talca absolvió a los concejales viajeros de Curicó

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Nueve concejales y ex concejales de Curicó fueron absueltos de los delitos de fraude al fisco, luego que la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Talca decidió anular la condena en contra de los imputados por abultar gastos y viáticos en viajes oficiales.

El fallo tribunal de alzada regional señala que “no se comprobó en el juicio el dolo directo necesario para tipificar dicha figura legal”.

Agrega que ni el Ministerio Público ni la parte querellante lograron acreditar que los ediles realizaron algún engaño durante sus funciones para defraudar al fisco.

Por tal razón, la justicia determinó absolver de todos los cargos a Leoncio Saavedra, Luis Trejo, Luis Rojas, Enrique Soto, Julieta Maureira, Mario Undurraga, Miguel Ángel Limardo, Jaime Canales y Nelson Trejo.

De acuerdo a la resolución del tribunal, la causal invocada fue la del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal.

Se estableció en la sentencia que acogió la nulidad del fallo del tribunal a quo, [que] no se comprobó en el juicio el dolo directo necesario para tipificar dicha figura legal y, consecuente con ello, la participación de los acusados. En efecto, ni el Ministerio Público ni la parte querellante acreditaron que éstos, en el ejercicio de sus funciones hubiesen utilizado un engaño, ardid o artimaña tendiente a defraudar al fisco, provocándole un daño patrimonial determinado concretamente”, precisa.

Conforme lo dispone el artículo 88 inciso final de la ley 18.695 “cuando un concejal se encuentre en el desempeño de cometidos, en representación de la Municipalidad, tendrá derecho a percibir fondos con el objeto de cubrir sus gastos de alimentación y alojamiento. Tales fondos no estarán sujetos a rendición y serán equivalentes al monto del viático que corresponda al alcalde respectivo por iguales conceptos”, añade el texto.

Ante tales motivos, la corte explica que “es por ello, que no habiéndose precisado que rubros comprende el viático recibido, no es posible determinar tampoco la suma- supuestamente defraudada”.

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