viernes, marzo 29, 2024

Mendoza: Imputaron por homicidio simple con dolo al conductor del Turbus quecausó 19 muertos

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El conductor del autobús de la empresa chilena Turbus que causó 19 muertos y 25 heridos al volcar en la madrugada del sábado en Mendoza fue imputado por «homicidio simple con dolo eventual más lesiones gravísimas, graves y leves en concurso», por lo que le cabría una pena de 8 a 25 años de prisión, informaron esta tarde fuentes judiciales.

El fiscal no dio a conocer la identidad del acusado por secreto sumarial, pero en fuentes judiciales trascendió que se trata de Francisco Javier Sanhueza, mientras que Pedro Antonio Vargas Campos, quien iba de acompañante, fue liberado anoche luego de prestar declaración, consigna Télam.

Pirrello, a cargo de la fiscalía de Homicidios y Violencia Institucional de Mendoza, dijo que «aún restan esperar resultados de las pericias mecánicas y terminar de tomar declaraciones».

La tragedia vial ocurrida en la madrugada del sábado sobre la ruta nacional 7 en la localidad de Horcones, dejó como saldo 19 muertos y 25 heridos, de los que quedan internados tres niños y cuatro adultos.

En el lugar donde ocurrió el siniestro, una zona de curvas y contracurvas, hay carteles que limitan la velocidad máxima a 40 kilómetros por hora.

Tras haber analizado el expediente, Pirrelo, a cargo de la Unidad número 17 dijo que se le imputó el delito de «homicidio simple con dolo eventual por los 19 muertes, lesiones graves dolosos gravísimas» y quedara detenido en le penal provincial.

Ante muchos medios chilenos que cruzaron la cordillera de Los Andes para cubrir la tragedia vial, el fiscal dijo que basó su imputación “por las constancias en el expediente de donde surgen pruebas que estamos presentes ante un homicidio con dolo eventual”, entre ellos algunos derrapes y advertencias de los pasajeros de exceso de velocidad que él no atendió.

“Yo estoy con el convencimiento de que cabe esa figura de dolo eventual”, afirmó.

Finalmente, el funcionario aclaró que “desde la parte penal se analiza la conducta de quien iba con el dominio del colectivo”, en tanto que la empresa “está ajena al accidente”.

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