lunes, diciembre 23, 2024

Fallo de juzgado de familia abre la puerta a la tuición homoparental

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El 23 de febrero la jueza del Primer Juzgado de Familia de San Miguel, Beatriz Ramírez, resolvió que M.J.S (5) debería quedar al cuidado provisorio de la ex pareja de su madre. Esta mujer fue quien realmente la cuidó casi toda su vida. Tanto para parlamentarios, como para el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) este fallo da un paso adelante y abre la puerta a la tuición de menores de parte de personas homosexuales. 

Dictamen

Ambas mujeres convivían juntas con la niña de casi un año, cuando la madre biológica de la menor decidió irse de la casa y dejarla al cuidado de su pareja, cuyas iniciales son J.D.C. Esto por casi cinco años, hasta que el 22 de diciembre de 2015, la madre biológica   le pidió a su ex pareja pasar la Navidad con su hija.

De acuerdo a los antecedentes expuestos por el tribunal, el 25 de diciembre debía devolvérsela tras adquirir un acuerdo de palabra entre ambas.  No obstante, esto no ocurrió, pues la madre de la menor se opuso, motivando a que concurriera al Juzgado de Familia de San Miguel para solicitar el cuidado de la menor.

A casi dos meses del incidente, el tribunal resolvió que la menor debía volver con la ex pareja de su madre.  “De conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño, desprendiédose de los antecedentes que la niña estuvo siempre bajo el cuidado responsable de J.D.C, que existe actualmente una situación de riesgo para ella en el hogar materno”, señala el dictamen de la magistrada Ramírez.

Argumentos de la resolución 

La resolución indica que  la ex pareja de la madre biológica  realizaba exámenes de salud periódicos a la niña y tomó en cuenta informes de la escuela de lenguaje a la cual asistía en Puente Alto, donde destacaban a J.D.C “como responsable, cooperadora, activa y mostrándose muy preocupada”.

Se decidió no entregarle el cuidado provisorio a la madre por la “inestabilidad emocional y la conducta negligente de ésta para con todos su hijos”. El juzgado también sostuvo que existe una situación de riesgo por “la historia judicial de la madre que presenta en el sistema aproximadamente treinta causas, algunas de violencia intrafamiliar en contra de su ex cónyuge, padre de sus tres hijos y otra de protección respecto de sus dos hijos mayores”. Agrega la jueza Ramírez en la resolución, que él tiene actualmente el cuidado personal de los dos hermanos mayores de la niña.

El tribunal le otorgó a J.D.C la “protección y responsabilidad” de  la menor por un plazo de 90 días, “sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva”. Según explicó la abogada del Movilh, Melisa Manfredi “se solicitó el cuidado provisorio de la niña,  mientras dura el juicio”. Fuentes del caso dijeron que la agrupación no descarta solicitar la tuición definitiva.

El debate

Para el presidente del Movilh, Rolando Jiménez, el fallo “este es un caso emblemático, que reafirma lo importante que es el bien superior del niño. Además, abona experiencia y jurisprudencia a la necesidad de la sociedad de distinguir las distintas formas de familia. El que se garantice el bien superior de los menores debe ser lo central en la discusión de la adopción para todas las parejas”.

Sin embargo, para la senadora UDI, Jacqueline Van Rysselberghe, este dictamen del juzgado de familia “es una situación bien particular, porque llama la atención que se deje a un tercero la tuición de un menor. Se podría esperar que se la dejaran al  padre o al abuelo”. Sobre la posibilidad de que parejas homosexuales puedan adoptar advirtió que “desde el punto de vista de la niña es mejor tener  un cuidado heterosexual, por un tema de los modelos, es mejor que haya una madre y un padre”.

En tanto, para el senador PPD, Felipe Harboe, el fallo no sería aplicable para la adopción, sino para la indicación del Acuerdo de Unión Civil que establece que siempre debe primar el bienestar del niño. El parlamentario señaló además que “la ley siempre tiene que ponerse a favor de los menores. Cómo está él o ella, y por tanto la jueza consideró que la niña estaba en mejores condiciones con esta persona, y si se da la instancia, la Corte tendrá que revisar esta situación”.

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