sábado, noviembre 23, 2024

Propuesta parlamentaria pone en peligro ejercicio del Periodismo en Chile

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Como “un paso en contra de los derechos de la ciudadanía y del ejercicio del periodismo” calificaron en el Colegio de Periodistas la indicación que los senadores Felipe Harboe (PPD), Hernán Larraín (UDI) y Alberto Espina (RN) presentaron en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta en el marco de la tramitación de la Agenda Corta Antidelincuencia que “facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos”.

En su propuesta se establece que toda persona natural y jurídica “que tenga información o antecedentes que permitan identificar a los responsables de una infracción o delito que se haya producido con motivo u ocasión de la realización de un crimen o simple delito, tales como grabaciones o fotografías, deberá entregarla, a la mayor brevedad, a las policías o Ministerio Público, cuando les serán requeridos por éstos”.

Agrega que “el requerimiento de información y antecedentes efectuados por las policías podrá realizarse en el marco de las primeras diligencias practicadas por aquellas y, en todo caso necesitará instrucción previa del fiscal competente, la que se podrá otorgar por cualquier medio y de la manera más expedita posible”. De negarse en forma injustificada a la entrega, “se castigará con la pena señalada para el delito establecido en el articulo 269 bis del Código Penal”.

Se ha informado que este martes se votaría la indicación en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta. Integran además dicha instancia los senadores Alfonso de Urresti (PS) y Pedro Araya (independiente).

Conocida la propuesta la mesa directiva del colegio, presidida por Javiera Olivares e integrada por Patricio Martínez, Patricio Segura, Vanessa Sabioncello, Héctor Cárcamo e Igor Mora, llamó a los legisladores a retirar esta indicación, ya que en su opinión involucra demasiados aspectos que serían perjudiciales para el derecho a la libertad de expresión y la garantía de acceso a la información de la ciudadanía.

En este sentido, el abogado de la orden profesional Luis Cuello explicó que “aunque por el principio de la especialidad de la ley, donde una norma que regula una actividad específica está por sobre una ley general, el secreto de la fuente establecido en la Ley de Prensa tendría primacía sobre la nueva norma, podría ser malinterpretada por los órganos persecutores y complicar el trabajo periodístico e informativo, exponiendo a las fuentes a su identificación por parte de terceros”.

Agregó que “pero más allá de eso, la indicación sigue siendo lesiva con relación a los derechos de los ciudadanos en general”.

La Ley de Prensa establece en su artículo séptimo que “los directores, editores de medios de comunicación social, las personas a quienes se refieren los artículos 5° y 6° y los corresponsales extranjeros que ejerzan su actividad en el país, tendrán derecho a mantener reserva sobre su fuente informativa, la que se extenderá a los elementos que obren en su poder y que permitan identificarla y no podrán ser obligados a revelarla ni aun judicialmente”.

Ante esto en la mesa directiva puntualizaron que “aunque entendemos que la Ley de Prensa tiene una jerarquía superior, de todas formas sometería a los trabajadores de la comunicación al rechazo, e incluso violencia, cuando cubran situaciones de alta complejidad, ya que podrían ser vistos como una especie de agentes encubiertos o colaboradores de la justicia, como han denunciado en las organizaciones de reporteros gráficos. En concreto, pone en riesgo un derecho ganado hace muchos años por los periodistas y quienes se desempeñan en el sistema informativo”.

Todo esto, “redundaría en la autocensura, el evitar registrar hechos de alto impacto informativo por las represalias en esta acción. Y, por último, como está redactada la indicación permitiría a las policías requisar el material, ya que no habla de copia sino de antecedentes. Y esa es una atribución administrativa que vulnera los derechos ciudadanos e, incluso, se podría decir que el derecho de propiedad por lo cual tendría vicios de inconstitucionalidad”.

Por último, plantearon, que “en concreto se expondría a la ciudadanía y a los periodistas a un control discrecional y exacerbado de parte de las fuerzas policiales, avanzando a una especie de Estado policial, lo cual amedrenta la libre acción en el espacio público” indicaron.

Contradicción de Harboe

En forma especial, llamaron al senador Felipe Harboe a ser coherente con lo que expresara en una entrevista en CNN Chile del 6 de agosto de 2013 en su calidad de diputado y ex subsecretario del Interior, cuando en un debate con su colega Alberto Cardemil sobre la criticada Ley Hinzpeter cuestionó este tipo de medidas. “El orden público es eminentemente una función política donde el arte de gobernar, el arte de llegar a acuerdos, evitar incidentes…. Yo le voy a contar lo siguiente: no hubo caso que el ministro Hinzpeter flexibilizara su posición en un proyecto que le permitía a carabineros requisar el material de los periodistas y de los fotógrafos” señaló en son de crítica.
En este sentido, alertaron sobre el artículo 3 bis que ya fue aprobado en el marco de la Ley de Violencia en los Estadios, promulgada en junio del año pasado, donde se aprobó una propuesta similar pero acotada a actos deportivos.

“Esta ofensiva de los parlamentarios de restringir los derechos ciudadanos, de libertades de expresión y de prensa, además de acceso a la información, de personas que no han cometido infracción o delito alguno, es algo que no se corresponde con el Estado democrático que se supone es nuestro país” concluyeron.

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