Los legisladores de la ex Nueva Mayoria, el Frente Amplio e independientes sostienen que “los requerimientos de inaplicabilidad, están enderezados a cuestionar la legitimidad de los juicios, pero no cabe duda del evidente interés de entorpecer el avance de los procesos por crímenes de lesa humanidad”.
El documento evacuado por el Servicio Médico Legal señala que el paciente “presenta un deterioro orgánico cerebral que es explicable por su edad y antecedentes de arterioesclerosis. El evaluado no presenta una enajenación mental o de grado de enfermedad mental que le impida cumplir de forma efectiva la sanción impuesta por la sentencia”.
“Tenemos que tener criterios realistas con personas que están con enfermedades terminales, independientemente del delito que hayan cometido. Me parece más humano y se compadece más con el sentido de la justicia. Justicia no es aplastara la persona las últimas consecuencias, sino que pague por sus responsabilidades”, explica Hernán Larraín.
En el primer fallo se condenó a los ex agentes: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito. En tanto, Orlando José Manzo Durán deberá purgar 4 años de presidio, como coautor; y Manuel Heriberto Avendaño González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra fueron sancionados con 3 años de presidio.
Es extraña la fijación de Bolivia con la reclamación territorial con Chile, siendo que con Argentina ha perdido 420.758 KM2. y con Perú más de 250 mil.
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