La Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Leopoldo Llanos, Jaime Balmaceda y Juan Antonio Poblete– revocó la sentencia dictada por el ministro en visita Mario Carroza, en la parte que condenó al fisco y a Medina Aldea a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la víctima, por considerar que en la especie se encuentra prescrita la acción indemnizatoria.
El documento evacuado por el Servicio Médico Legal señala que el paciente “presenta un deterioro orgánico cerebral que es explicable por su edad y antecedentes de arterioesclerosis. El evaluado no presenta una enajenación mental o de grado de enfermedad mental que le impida cumplir de forma efectiva la sanción impuesta por la sentencia”.
"El cierre de Punta Peuco no se materializó porque no hubo voluntad de hacerlo y nunca tuvo la intención de hacerlo la Presidenta de la República. No hay otra razón", dijo la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro.
“Tenemos que tener criterios realistas con personas que están con enfermedades terminales, independientemente del delito que hayan cometido. Me parece más humano y se compadece más con el sentido de la justicia. Justicia no es aplastara la persona las últimas consecuencias, sino que pague por sus responsabilidades”, explica Hernán Larraín.
Es extraña la fijación de Bolivia con la reclamación territorial con Chile, siendo que con Argentina ha perdido 420.758 KM2. y con Perú más de 250 mil.
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