El pleno del tribunal consideró que la materia que compone el artículo transgrede el derecho establecido en la Constitución como la libertad de enseñanza y organización.
“El fallo no solo menoscaba la defensa de los derechos de los consumidores que la propia ley hoy consagra, sino que afecta gravemente la capacidad de los organismos de la administración pública para velar por el adecuado funcionamiento de los mercados”, señala el ex titular de Economía, Luis Felipe Céspedes.
"La sentencia declaró, en lo medular, inconstitucionales las nuevas potestades jurisdiccionales que el Proyecto de Ley contemplaba entregar al SERNAC. En todo caso, mantuvo incólume el aumento de sanciones y el régimen de protección a los consumidores propuesto en el Proyecto", señala el comunicado oficial del Tribunal Constitucional que suma una nueva polémica a sus fallos que son interpretados como un tercera Cámara legislativa.
Es extraña la fijación de Bolivia con la reclamación territorial con Chile, siendo que con Argentina ha perdido 420.758 KM2. y con Perú más de 250 mil.
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