"Por otra parte, no es posible jurídicamente decretar en la sentencia el comiso después de la muerte del presunto culpable, pues ello, en principio y sin perjuicio de las presiones que más adelante se efectuarán, importaría disponer una pena en contra de sus herederos. En este sentido, como bien se sabe, las penas deben ser personales, es decir, deben recaer sobre el directamente responsable y nada más que sobre él, sin que sus efectos puedan redundar en perjuicio de terceros”, explica el fallo dictado por la Tercera Sala.
Una investigación reciente de Ciper, sumó otras 105 propiedades a las 138 reveladas por el Ministerio de Bienes Nacionales y cifró el patrimonio de CEMA Chile en más de $6.000 millones, es decir casi tres mil palos más de lo que se acreditó en el caso Riggs.
Es extraña la fijación de Bolivia con la reclamación territorial con Chile, siendo que con Argentina ha perdido 420.758 KM2. y con Perú más de 250 mil.