La Corte Suprema condenó este miércoles a 10 ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Sergio Arturo Flores Ponce, hecho que se realizó a partir del 24 de julio de 1974 en el marco de la denominada «Operación Colombo«.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, los agentes Gerardo Urrich González, Manuel Carevic Cubillos y Ciro Torré Sáez deberán purgar 10 años de presidio, en calidad de autores; y Sergio Castillo González, José Fuentes Torres y Nelson Paz Bustamante cumplirán 4 años de presidio, como cómplices.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita Hernán Crisosto logró establecer los siguientes hechos:
–En horas de la tarde del día 24 de julio de 1974, Sergio Arturo Flores Ponce, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la esquina de Diagonal Paraguay con Portugal, comuna de Santiago, por agentes del Estado pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino «Yucatán» o «Londres 38», ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA;
-Que el ofendido Flores Ponce durante su estadía en el cuartel Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político a fin de proceder a su detención;
-Que la última vez que la víctima Flores Ponce fue visto por otros detenidos fue un día no determinado del mes de agosto de 1974, sin que exista antecedente de su paradero hasta el día de hoy.
En el aspecto civil, se ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $100.000.000 (cien millones de pesos) al padre de la víctima.
Decisión de rechazar los recursos de casación en el fondo deducidos por los sentenciados Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Espinoza Bravo, adoptada con el voto en contra del ministro Cisternas.