lunes, diciembre 23, 2024

Más de 2,1 millones de afiliados al sistema previsional tienen cotizaciones impagas

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Sin embargo, esto no significa una pérdida, ya que gracias a la llamada Ley Bustos, los trabajadores pueden ampararse en la justicia y demandar por que se cumplan sus derechos.

Si un empleador despide a un trabajador, debe contar con sus cotizaciones de salud, AFP y seguro de cesantía al día, sin lagunas, si esto no ocurre, la ley ampara al trabajadora. Se cuenta con hasta seis meses luego del despido, para realizar una demanda y exigir que el empleador cubra la deuda previsional. Esto no sólo se da en el caso de la desvinculación, sino que también, un empleado puede solicitar el autodespido, si continúa trabajando, de esta forma recibe todas las garantías de un finiquito.

Esta figura legal está amparada en la Ley Bustos que data del año 1999, en homenaje al fallecido dirigente sindical Manuel Bustos.“El empleador debe respetar lo que dice el contrato de trabajo, y esto conlleva el pago de las cotizaciones referidas al sistema de seguridad social”, señala Cristián Escobar, abogado de www.abogadoslaborales.cl

Se puede demandar la Ley Bustos, incluso cuando el trabajador ya firmó finiquito. La Ley Bustos impone una de las sanciones más costosas establecidas en el Código del Trabajo.

¿Cómo saber si presento lagunas?

Es muy simple, el trabajador debe dirigirse a su AFP para pedir una planilla de sus cotizaciones previsionales del periodo en el que estuvo contratado o continúa trabajando en una empresa determinada. “Si existiesen lagunas o simplemente diferencia en los montos, el empleado debe de inmediato accionar a través de tribunales”, indica el experto del estudio www.abogadoslaborales.cl

Si el trabajador presenta lagunas en sus cotizaciones y fue despedido, se realiza una nulidad de esta desvinculación, lo que significa que el empleador que incumplió con sus deberes, debe continuar pagándole el sueldo y previsión, hasta que se conozca el dictamen de la justicia.

¿Qué gana el trabajador?

El pago de cotizaciones, y un recargo de hasta un 50% o 80% de sus años de servicio. “El empleado recibe una indemnización, además, deben seguir pagándole su sueldo, por lo que se trata de una gran retribución por esta falta de probidad por parte del empleador”, subraya el abogado Cristián Escobar.

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