El Sernac presentó una demanda colectiva en contra de la empresa Tanner Servicios Financieros S.A., acción judicial que tiene como propósito que la empresa pague a los clientes el costo de alzamiento de prendas de carácter general, cuyos créditos fueron pagados íntegramente con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.855 de Alzamiento de Prendas e Hipotecas.
Con esta acción el Servicio busca la devolución de los costos ya pagados por los consumidores y que la entidad deje de cobrarlos a futuro.
El organismo de defensa de los consumidores tomó esta determinación luego de realizar una mediación colectiva con la empresa, la que finalmente no resultó favorable, pues la entidad financiera no estuvo disponible para entregar una propuesta de solución satisfactoria para los consumidores.
La normativa, que comenzó a regir el 23 de enero de 2016, establece que todas las instituciones deben realizar y pagar el alzamiento en créditos de hasta 6 años atrás al momento de la entrada en vigencia de la ley, en el caso de hipotecas; y 4 años en el de prendas.