La comisión de Constitución del Senado aprobó este jueves una serie de funciones y facultades para el fiscal nacional, en el marco del estudio en particular de la iniciativa que aumenta la dotación, reorganización y fortalecimiento del Ministerio Público.
«Lo importante es que se han ido estableciendo normas para una buena y adecuada gestión por parte del fiscal nacional respecto de la persecución penal«, dijo el presidente de la instancia legislativa, Alfonso De Urresti.
Se trata de una serie de indicaciones presentadas por el Ejecutivo y que recogen una propuesta del senador Pedro Araya, en orden a darle nuevas facultades al jefe de los persecutores en casos específicos con miras a la eficacia en la persecución penal.
Actualmente el fiscal nacional está facultado para dictar las instrucciones generales que estime necesarias para el cumplimiento de las tareas de dirección de la investigación de los hechos punibles y no puede dar instrucciones u ordenar realizar u omitir la realización de actuaciones en casos particulares.
No obstante, la comisión aprobó por mayoría que «en las investigaciones en que pueda existir una afectación a la unidad de acción así consideradas por las unidades especializadas o la unidad de supervisión, cuando corresponda, el Fiscal Nacional podrá ordenar al Fiscal Regional correspondiente que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de la instrucción general«.
Asimismo, se dispuso que cuando la afectación «comprometa gravemente la unidad de acción, el Fiscal Nacional podrá impartir al Fiscal Regional correspondiente, medidas específicas sobre las diligencias investigativas y las actuaciones procesales que considere pertinentes«.
Según explicó De Urresti, «cuando no se cumplen las instrucciones generales y se incumplen reiteradamente algunas instrucciones generales, hoy se otorgan facultades para enmendar esa situación. Se avanza para tener un mejor Ministerio Público, más eficiente, más presente en cada una de las investigaciones que se llevan a lo largo de Chile«.
Otras facultades
La comisión también aprobó una norma en la que se permite al fiscal nacional solicitar a las unidades especializadas competentes informes técnicos de una investigación en curso o finalizada. En estos casos, se establece que el Fiscal Regional respectivo deba entregar toda la información disponible.
Finalmente, se aprobó entregar al fiscal nacional, la conducción de las relaciones internacionales de la Fiscalía, pudiendo establecer las medidas que considere necesarias especialmente para llevar a cabo las acciones de cooperación internacional, incluida la facultad de suscribir acuerdos para conformar grupos de trabajo o equipos conjuntos de investigación.
La instancia continuará con el estudio de las indicaciones presentadas a la iniciativa que entre otras medidas contempla un aumento de dotación y reorganización institucional para mejorar la gestión y persecución penal.