viernes, noviembre 22, 2024

Vence el plazo para que las empresas puedan concretar las donaciones como alternativa de cumplimiento de Ley de Inclusión Laboral

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  • Cambio que modifica el periodo habitual de diciembre a junio ha generado confusión entre las empresas, muchas de las cuales desconocen este nuevo plazo y los procedimientos asociados.

La Ley 21.015 establece que las empresas con 100 o más trabajadores deben contratar al menos un 1% de personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez. Si no logran este objetivo, las empresas que justifiquen, pueden optar por medidas subsidiarias, como subcontratar servicios a empresas con personal con discapacidad, o realizar donaciones a proyectos de inclusión aprobados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Sin embargo, desde noviembre de 2023 -cuando fue implementado el Decreto N°36-, rigen una serie de modificaciones en cuanto a plazos y procesos con el objetivo de facilitar una mejor fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo. «Una de esas modificaciones es que las empresas que recurrirán a donaciones como medida subsidiaria, tienen plazo hasta el 30 de junio para cumplir con la ley. Es la primera vez que se realiza en junio y no en diciembre, lo cual ha generado mucha confusión. En enero de este año las organizaciones declararon su cumplimiento de la ley por el periodo 2024, y ahora, en junio, deben realizar las donaciones correspondientes a esa declaración», explica Soledad Lara, subgerente comercial de Fundación Descúbreme.

Las modificaciones buscan mejorar la fiscalización y asegurar que las empresas cumplan de manera efectiva con la inclusión laboral de personas con discapacidad. Según el Tercer Estudio Nacional de la Discapacidad, el 17,6% de la población mayor de 18 años (2,7 millones de personas en Chile) tiene algún tipo de discapacidad, lo que refuerza la necesidad de estas políticas inclusivas.

Fundación Descúbreme fue creada el 2010, con la misión de promover, facilitar y difundir la inclusión de personas con discapacidad cognitiva, y en este escenario una de sus principales funciones es asesorar a las empresas a entender y cumplir con las leyes 21.015 y 21.275, conocidas como las Leyes de Inclusión Laboral. “Las empresas deben guiarse por la declaración que realizaron en enero de 2024 ante la Dirección del Trabajo para efectuar las donaciones correspondientes al año. Esta declaración incluyó un recuento de la dotación de trabajadores desde enero hasta octubre de 2023, con lo cual se determinó la cuota de cumplimiento para el año 2024. La cifra a donar debe cubrir el déficit en la contratación del 1% de personas con discapacidad, calculado en base a la mencionada dotación de trabajadores”, agrega Lara.

Soledad Lara enfatiza que es fundamental que las empresas no se confundan con su situación; “la base para las donaciones es la declaración de enero. Si la situación laboral de la empresa ha cambiado desde entonces, ya sea por la desvinculación o incorporación de trabajadores con discapacidad, esto no afectará la donación de este año. La donación se calcula exclusivamente en base a la declaración de enero”.

Entonces, aquellas empresas que aún no han realizado su donación, es crucial hacerlo antes del 30 de junio; por un lado, para evitar sanciones, pero también para contribuir a un entorno laboral más inclusivo, apoyando iniciativas que capaciten e incluyan laboralmente a personas con discapacidad, otorgando así más y mejores oportunidades de desarrollo integral.

Las empresas que requieran apoyo en este proceso pueden ingresar en https://www.descubreme.cl/consultoria/ o escribir a contacto@descubreme.cl

 

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