- La empresa de servicios medioambientales presentó la contestación a la demanda de indemnización de perjuicios iniciada por Eco Acquisitionco SpA en su contra, señalando que se piden “montos exagerados”, que sobrepasan hasta seis veces los límites de garantías y que equivalen al 75% del precio de venta.
- Asimismo, señaló que, al tratarse de una operación de alto nivel, la acción no se ajusta a las condiciones de los contratos suscritos y que confía que se pueda decidir el “rechazo de esta acción”.
Esta semana, la empresa Aguas Andinas presentó ante el Tribunal Arbitral la respuesta a la demanda de indemnización iniciada por Eco Acquisitionco SpA en su contra, por supuestos incumplimientos al contrato en el marco de la operación de venta de la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (ESSAL).
Tras esto, la compañía de servicios medioambientales, Aguas Andinas, explicó que “la demanda carece totalmente de fundamentos y que ella pretende el pago de montos exagerados, que superan en varias veces los límites de responsabilidad acordados por las partes”. Esto se debe a que la demanda sobrepasa en más de seis veces los límites de garantías acordados, lo que equivale a un 75% del precio de la venta de ESSAL.
Asimismo, desde la sanitaria recalcaron que “la operación de venta de ESSAL se realizó bajo los más altos y exigentes estándares propios para una operación de esta envergadura, donde se llevó a cabo un proceso competitivo y extremadamente transparente con la participación de expertos de parte del comprador y vendedor. Además, estuvo a disposición de los interesados toda la información apropiada y necesaria, y se entregaron todos antecedentes adicionales requeridos en las instancias dispuestas”.
También explicaron que “en consecuencia, al tratarse de una operación de alto nivel y en la que participaron destacados especialistas, la que además concluyó con la toma del control de una empresa sanitaria con un funcionamiento acorde a los estándares de la industria, Aguas Andinas asumió las responsabilidades habituales para una operación de estas características, limitada a la cantidad total de US$ 11.500.000”.
Por lo anterior, Aguas Andinas sostiene que la acción interpuesta no se ajusta a las condiciones de los contratos suscritos en esa operación, “que prevén limitaciones de responsabilidad también usuales en este tipo de negocios, pues las partes no sólo acordaron qué situaciones podrían considerarse como una pérdida o daño, sino que también pactaron distintas limitaciones de responsabilidad, como por ejemplo por concepto de montos de pérdidas individuales, de oportunidad de las reclamaciones, de recuperación de posibles daños de parte de seguros, de pérdidas derivadas de hechos previamente conocidos por el comprador, entre otros”.
Las situaciones nombradas forman parte de la contestación presentada por Aguas Andinas ante el Juez Árbitro: “Confiamos que en virtud de los antecedentes de hecho y argumentos de derecho que Aguas Andinas ha expuesto, se pueda decidir en definitiva y fundadamente el rechazo de esta acción”, explicó la principal empresa de servicios medioambientales del país.
Cabe consignar que la compañía expresó que estas demandas son improcedentes y desproporcionadas frente a un proceso de compraventa que fue detallado y donde Aguas Andinas ha actuado de manera diligente, transparente, con total rigurosidad y apego a la normativa vigente. Adicionalmente, cabe recordar que el comprador llevó a cabo un Due Dillingence durante todo el proceso de compraventa, donde participaron diversos asesores de ambas partes, empresas reguladas y fiscalizadas.