jueves, noviembre 21, 2024

Cámara despacha a ley proyecto que establece feriado para las próximas elecciones

Sin embargo, el diputado RN, Diego Schalper, hizo reserva de constitucionalidad porque a su juicio la norma afectaría la libertad de trabajo y su protección.

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Luego que en el segundo informe de la Comisión de Trabajo del proyecto que declara los días 15 y 16 de mayo de 2021 como feriado obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio, se rechazara las indicaciones presentadas en su debate en general, la Sala de la Cámara aprobó este jueves la iniciativa despachándola a ley.

La Comisión analizó la indicación presentada por los diputados RN, Andrés Longton y Sebastián Torrealba, que pretendía cambiar la propuesta y aumentar de dos a cuatro horas el permiso con el que cuentan las y los trabajadores para participar de los procesos electorales.

Luego de algunas inquietudes planteadas por los parlamentarios, el presidente de la instancia, Tucapel Jiménez (PPD), determinó calificar como inadmisible la indicación, debido a que se escaparía de la idea matriz del proyecto en discusión.

Frente a este escenario, el proyecto volvió a la Sala de la Cámara donde fue aprobado sin discusión por 78 votos a favor, 58 en contra y 5 abstenciones. Sin embargo, el diputado Diego Schalper (RN) hizo reserva de constitucionalidad, porque a su juicio la norma afectaría la libertad de trabajo y su protección.

Molestia por decisión

Donde no cayó muy bien esta decisión fue en el mundo de las pymes.

El presidente de la Multigremial Nacional, Juan Pablo Swett, señaló que «era el momento de privilegiar el empleo y el crecimiento más que la política. Era el momento de tener más flexibilidad y no decretar feriados irrenunciables. Era el momento de ayudar a las Pymes a levantarse«.

El proyecto

La norma establece como única excepción al feriado irrenunciable a los dependientes de expendio de combustibles y a las farmacias, sean estas de urgencia como las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Junto a esto, el proyecto fija una multa de 5 UTM al empleador por cada trabajador que se viera afectado por la infracción a esta disposición. Si el empleador tiene contratado 50 o más trabajadores, la multa aplicable ascenderá a 10 UTM por cada uno afectado por la infracción y a 20 UTM, si son más de 200 trabajadores afectados.

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