foto agencia

En el marco del Día Internacional de la Mujer, miles de profesionales que trabajan a honorarios en el sector público enfrentan una contradicción laboral: mientras el Estado reconoce algunos derechos vinculados a la maternidad, mantiene una modalidad de contratación sin estabilidad ni garantías laborales plenas. La situación se da en un contexto donde las brechas salariales y las condiciones contractuales siguen afectando de forma particular a las mujeres.

En Chile, el trabajo femenino continúa marcado por brechas estructurales. Según la última Encuesta Suplementaria de Ingresos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), publicada en 2025, los hombres registraron ingresos promedio de $1.001.510 mensuales, mientras que las mujeres alcanzaron $756.715. Esto representa una brecha salarial de 24,4% en desmedro de las mujeres, una diferencia que se mantiene como uno de los principales desafíos del mercado laboral chileno.

El mismo informe también muestra que la mitad de las personas ocupadas en el país percibe ingresos iguales o inferiores a $611.162 mensuales, lo que evidencia las desigualdades estructurales que persisten en el mundo del trabajo. Estas diferencias no solo se observan entre hombres y mujeres, sino también en las condiciones contractuales que enfrentan distintos tipos de trabajadores, incluyendo a quienes prestan servicios al propio Estado.

Dentro del sector público, miles de profesionales se desempeñan bajo la modalidad de honorarios. De acuerdo con el último Informe Anual del Empleo Público de la Dirección de Presupuestos (Dipres), publicado en diciembre de 2025, el Estado emplea a 1.089.006 personas, de las cuales más de 270 mil corresponden a cargos transitorios, categoría que incluye a trabajadores a honorarios. Esto significa que cerca de uno de cada cuatro trabajadores del sector público se desempeña sin estabilidad laboral permanente.

En derecho laboral, esta modalidad tiene efectos particularmente relevantes en el caso de las mujeres. “En el caso de las trabajadoras a honorarios del sector público, el único derecho que se ha ido reconociendo progresivamente es el vinculado a la protección de la maternidad. Sin embargo, ese reconocimiento no cambia la realidad de fondo: siguen siendo trabajadoras sin estabilidad laboral y sin acceso a una serie de derechos laborales básicos”, explica Camila Cárdenas, directora del área de litigación y socia de SoyHonorario.

En los últimos años, distintos dictámenes administrativos y fallos judiciales han ido reconociendo que las trabajadoras a honorarios también deben contar con protección durante el embarazo y el período de postnatal. No obstante, especialistas advierten que estas garantías suelen aparecer de manera parcial, lo que refleja las tensiones existentes entre el reconocimiento de ciertos derechos y la mantención de un régimen contractual precario.

“Existe una contradicción evidente: el Estado reconoce que estas trabajadoras deben tener protección cuando están embarazadas o en período de postnatal, pero al mismo tiempo mantiene una modalidad de contratación que no contempla estabilidad laboral, indemnización por despido ni acceso pleno a seguridad social”, señala Cárdenas.

Para la abogada, el debate del 8M también debe poner atención en estas formas de precarización laboral que afectan particularmente a mujeres profesionales que trabajan para el Estado. Muchas de ellas cumplen funciones permanentes durante años bajo la modalidad de honorarios, lo que las deja en una situación de mayor vulnerabilidad frente a cambios contractuales o decisiones administrativas.

“Hablar de igualdad de género en el trabajo también implica revisar las condiciones contractuales bajo las cuales miles de mujeres prestan servicios al Estado. No basta con reconocer ciertos derechos en momentos específicos como la maternidad si durante el resto del tiempo continúan trabajando en condiciones de precariedad laboral”, concluye.

Publicidad