martes, diciembre 9, 2025
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Defensa de Simpertegui en AC: “Es el arquetipo del juez que no tiene vínculos sociales”

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El abogado del cuestionado juez, Diego Simpertegui, Felipe Lizana, argumentó esta jornada los puntos del ministro de la Corte Suprema a la acusación constitucional, reiterando la inocencia de su defendido y argumentando que es el “arquetipo del juez que no tiene vínculos sociales”.

El ministro Diego Simpertigue no ha cometido ninguna infracción, ninguna irregularidad, ni legal, ni reglamentaria, ni mucho menos constitucional”, expuso Lizama en la comisión de AC.

Agregó que “lo que se ha presentado es un conjunto de hechos desconectados, interpretados antojadizamente”.

Apuntó a que el ministro es “arquetipo del juez que no tiene vínculos sociales”.

Indicó que su viaje a Europa y que lo vinculan a dos abogados imputados en el caso “Muñeca Bielorrusa”, fue una coincidencia y que nada tuvieron que ver con fallos que paralelamente se llevaban en el Poder Judicial.

Lizama detalló que la sentencia que afectó a Codelco, del 4 de julio de 2023, fue previa a la participación de Simpertigue, en una sala distinta a la suya.

Acotó que éste solo habría intervenido, a petición del presidente de la Sala, en un recurso de aclaración relacionado con el tema de Codelco.

Aclaró que dicho recurso se aprobó en forma unánime, sin alegatos y sin la intervención de ninguno de los abogados con que se le conecta. De ahí, que no habría ninguna inhabilidad.

Sobre los otros dos capítulos de la acusación

Comunicó que la persona que se menciona en el libelo, con quien tendría parentesco, el 18 de diciembre de 2020, fue nombrado notario interino.

El abogado del juez recalcó que el cargo lo resolvió el presidente de la Corte de Apelaciones de la época, Carlos Farías.

Alertó que ello sucedió cuando Simpertigue no era ministro de la Corte Suprema ni tampoco visitador en la Corte de Apelaciones de la comuna.

Planteó que mal podía incidir en un nombramiento que, además, era solo un cargo interino.

De igual modo, negó que exista un vínculo familiar. “No hay ninguna infracción a sus deberes y, por lo tanto, no hay notable abandono de deberes”, sentenció.

En cuanto al capítulo tres, del “caso Fundamenta”, señaló que los abogados con los que se asocia el ministro no fueron ni apoderados ni patrocinantes.

Por otra parte, resaltó que fue una decisión colegiada y que la redacción de la sentencia la realizó otro magistrado.

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