La Corte de Apelaciones de Coyhaique revocó la libertad de Mauricio Ortega, condenado por la brutal agresión contra Nabila Rifo.
El tribunal de alzada acogió el recurso de amparo interpuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (SernamEG), en representación de la víctima.
La justicia dejó sin efecto la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de Aysén, por lo que tendrá que volver a la cárcel.
La 1era Sala –integrado por Pedro Castro Espinoza, José Ignacio Mora Trujillo y Luis Aedo Mora– estimó que la notificación practicada a la víctima no fue eficaz.
Explicaron que el domicilio donde se efectuó correspondía a dependencias institucionales y no al lugar de residencia de la afectada.
Lo anterior vulneró su derecho a ser oída en el procedimiento de libertad condicional.
“‘Las notificaciones deberán ser hechas solamente a este’, no obstante, es la misma norma la que advierte que tal proceder no deberá seguirse si ‘la ley o el tribunal dispusiere que también se notifique directamente a aquel’”, razona el fallo.
Agrega que es necesario crear un tribunal de ejecución en la región.
Además, admite que esta exclusión “evidencia una seria debilidad estructural en el sistema de justicia penal chileno”.
Porque deja sin “supervisión judicial efectiva y permanente (…) la etapa de cumplimiento de medidas y sentencias”.
Se resuelve que “SE ACOGE” el recurso de amparo del SernamEG de Aysén, demandando a la Comisión revisar nuevamente el beneficio a Ortega.
Finalmente, la Corte determinó que el condenado regrese al establecimiento penitenciario de Puerto Aysén.







