El Colectivo de Mujeres Antárticas manifestó su profunda preocupación y solidaridad ante la sentencia dictada por la justicia nacional en el caso de violación de una científica francesa, ocurrido durante la expedición antártica en 2019.
Mediante un comunicado difundido esta mañana, la agrupación enfatizó «denunciar un caso de violencia sexual, con un resultado judicial que nos parece irrisorio», en este caso, la denuncia interpuesta por una investigadora, quien reportó haber sido víctima de violación durante una expedición antártica, mientras desarrollaba su proyecto doctoral en la Universidad de Talca.
Consecuencia de ello, el pasado 3 de octubre, la Fiscalía Regional de Magallanes obtuvo, de parte del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, una sentencia condenatoria en contra del científico Jorge Gallardo Cerda, en calidad de autor del delito de violación cometido en territorio antártico, y que, hace un par de días se dio a conocer la sentencia judicial, que impone una pena de 10 meses de prisión efectiva.
Ante este resultado judicial, calificado como «irrisorio» por el Colectivo, este declaró:
1. Reconocemos el esfuerzo del Ministerio Público al enfrentar este caso inédito en la historia judicial de la Antártica, estableciendo incluso la oficina de la Fiscalía de Cabo de Hornos y Antártica Chilena para su tramitación. Valoramos la rigurosidad de la investigación y el proceso judicial orientado a esclarecer los hechos y demostrar la responsabilidad penal del agresor.
2. No obstante, consideramos que la sentencia evidencia una profunda deuda del sistema judicial con las mujeres, al minimizar la gravedad del delito y el impacto del sufrimiento que implica una violación. Esta sentencia nos conmueve y reafirma que, aún hoy, las experiencias y vulneraciones de las mujeres siguen siendo invisibilizadas y desvalorizadas, incluso cuando los hechos han sido acreditados judicialmente.
3. Reconocemos que este fallo sienta un precedente histórico al demostrar que los delitos sexuales cometidos en territorio antártico pueden y deben ser juzgados. Sin embargo, lamentamos que la condena impuesta no refleje la magnitud ni el carácter irreversible del daño causado a la víctima ni el mensaje que la sociedad espera en materia de justicia y reparación.
4. Consideramos que la baja condena constituye más un acto simbólico que una verdadera señal de justicia. Esta resolución no representa una sanción ejemplificadora frente a delitos de tan alta connotación y violencia, especialmente cuando ocurren en contextos de aislamiento extremo como la Antártica, donde la ausencia de protocolos claros y mecanismos efectivos de denuncia y protección incrementa la vulnerabilidad de las mujeres.
5. Observamos con preocupación la ausencia de apoyo y acompañamiento institucional hacia la víctima. Ni el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, ni la Universidad de Talca, ni los colaboradores del proyecto han manifestado públicamente un compromiso claro con su reparación, ni un respaldo explícito a su valentía al denunciar los hechos.
6. Lamentamos profundamente el silencio de las instituciones en las que el agresor se desempeñaba laboralmente. La falta de pronunciamiento o medidas concretas frente a un delito de esta gravedad debilita la confianza pública en las instituciones científicas y universitarias, y perpetúa la impunidad estructural frente a la violencia de género. Además, esta inacción de las instituciones resulta incongruente con los discursos y políticas públicas que promueven la participación y el liderazgo de las mujeres en la ciencia polar. Es contradictorio impulsar programas de equidad de género, becas y reconocimientos para mujeres científicas mientras se omite una respuesta firme y comprometida frente a un caso de violencia sexual ocurrido en el mismo contexto.
7. Este caso representaba una oportunidad histórica para que la justicia chilena estableciera un precedente a nivel internacional. No obstante, la figura de la “media prescripción” establecida en el artículo 103 del Código Penal reduce significativamente las condenas por delitos sexuales, castigando el proceso psicológico normal de las víctimas, quienes suelen tardar en denunciar debido al trauma vivido, tal como lo demuestran diversos estudios. Este beneficio carece de perspectiva de género como fenómeno jurídico, y se convierte en una ventaja para los agresores, que confían en la demora de las denuncias y en la rebaja de penas que otorga la ley. Esta medida, sumada a las dificultades probatorias, deja a las mujeres en una evidente vulnerabilidad legal y limita la posibilidad de una sentencia que transmita un mensaje inequívoco de “nunca más”.
En este contexto, el Colectivo sostuvo que «este fallo marca un punto de inflexión. Nos convoca a redoblar nuestros esfuerzos y compromiso para prevenir, visibilizar y erradicar la violencia de género en todos los espacios».
Recalcaron que «el verdadero avance hacia la igualdad requiere coherencia entre la promoción y la protección, ya que no hay inclusión real sin seguridad ni reparación para las mujeres que viven violencia. Este hito nos convoca a continuar trabajando de manera colaborativa para promover transformaciones institucionales y culturales en la ciencia y en la comunidad antártica, que garanticen entornos seguros, respetuosos y libres de violencia para todas las personas«.







