- La nueva Compra Ágil y la Unión Temporal de Proveedores exclusiva para proveedores de Empresas de Menor Tamaño buscan aumentar las oportunidades de negocios para este segmento a través de ChileCompra.
- Se publicó asimismo en el Diario Oficial el reglamento de la ley que detalla la operatoria del nuevo sistema tanto para los organismos del Estado que realizan sus compras a través de www.mercadopublico.cl como para los proveedores.
Este 12 de diciembre entraron a regir las nuevas disposiciones de la Ley N° 21.634 que moderniza la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, junto con la publicación del reglamento respectivo en el Diario Oficial, a través del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda. Estas modificaciones tienen como objetivo mejorar la eficiencia en el uso de los recursos del Estado, fortalecer la probidad en los procesos de adquisiciones públicas y fomentar una mayor participación de las Empresas de Menor Tamaño (EMT) en los contratos con el Estado.
Uno de los grandes avances en materia de participación y competencia que se refleja en la plataforma www.mercadopublico.cl es la Nueva Compra Ágil, procedimiento que prioriza la participación de las EMT en procesos de compras de hasta 100 UTM (aproximadamente 6,7 millones de pesos).
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, destaca que “este marco legal mejora la competencia, transparencia y probidad del sistema de compras públicas, haciendo más competitivo este mercado y más eficiente el uso de los recursos públicos. También incrementa la cobertura del sistema en alrededor de 35% al incorporar a nuevas instituciones como las Corporaciones Municipales; e introduce como nuevo procedimiento la Compra Ágil que amplía las oportunidades para los proveedores más pequeños a lo largo del país. Todo esto forma parte de los compromisos de modernización del Estado incluidos en el Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal y la Agenda de Modernización del Estado 2022-2026”.
En tanto la directora de ChileCompra Verónica Valle explica que “la Compra Ágil busca facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las oportunidades de negocio con el Estado, generando un entorno más competitivo y favoreciendo la inclusión de proveedores locales. Ahora en Mercado Público sólo las Empresas de Menor Tamaño podrán participar en una primera instancia de la nueva Compra Ágil. Si no se presentan cotizaciones por parte de Empresas de Menor Tamaño, la entidad compradora podrá ampliar la convocatoria a todos los proveedores, independiente de su tamaño”.
Hoy 12 de diciembre se publicó también el nuevo Reglamento de compras públicas que detalla la operatoria tanto para los organismos del Estado que realizan sus compras a través de www.mercadopublico.cl como a los 120.000 proveedores, el 96% de los cuales son Empresas de Menor Tamaño.
Con las nuevas disposiciones se suman al sistema de compras públicas el Poder Judicial; el Congreso Nacional; las corporaciones, fundaciones y asociaciones de participación municipal o regional, entre otras entidades.
Asimismo, se establecen cambios significativos en la normativa relacionada con las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), que permiten a empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Desde el 12 de diciembre de 2024 las UTP sólo podrán estar conformadas por Empresas de Menor Tamaño, salvo en el caso de contratos para la innovación o de diálogo competitivo, en que la Unión Temporal de Proveedores no tendrá restricciones de tamaño por empresa.
La ley reduce las barreras de entrada asociadas a las exigencias de garantías en las licitaciones públicas. Las entidades podrán exigir garantías de seriedad de la oferta sólo en el caso de compras por sobre las 5.000 UTM, y éstas no excederán el 3% del monto de la licitación. Las garantías de fiel cumplimiento del contrato se exigirán en las contrataciones superiores a las 1.000 UTM, alcanzando al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario.
También explicita criterios para potenciar la participación de proveedores locales: para licitaciones con valor inferior a 500 UTM, las municipalidades, los gobiernos regionales y los organismos públicos territorialmente desconcentrados, podrán establecer criterios de evaluación que otorguen prioridad o preferencia a los proveedores locales correspondientes a la zona geográfica donde están ubicadas.
Más medidas anticorrupción
En materia de probidad y transparencia, la normativa que rige desde este 12 de diciembre introduce un nuevo requisito para visibilizar a los beneficiarios finales, con el fin de impedir irregularidades en los procesos de adquisiciones con recursos del Estado. Todos los proveedores que quieran participar en Mercado Público deberán completar una Declaración Jurada de Registro donde incluyan, entre otros datos, la información de sus beneficiarios finales, administradores de la persona jurídica, y sus vínculos con otras empresas con el objetivo de fortalecer la probidad y confianza en las compras públicas.
Por otra parte, para aumentar los estándares de probidad, los proveedores del Estado (personas naturales y jurídicas) deberán encontrarse inscritos y en estado hábil en el Registro para enviar una oferta en cualquier procedimiento de compra o recibir una orden de compra, para lo cual no deben tener deudas previsionales o tributarias, no haber sido condenados por prácticas antisindicales, delitos de cohecho o lavado de activos, entre otros. El Registro está a cargo de ChileCompra y las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa. Asimismo, quedarán inhabilitados quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales.
Asimismo, se amplía a todos los funcionarios de los organismos públicos -y no solo a directivos- la imposibilidad de vender bienes y servicios a los organismos en los que trabajen. Esta inhabilidad se extiende a sus cónyuges, convivientes civiles, parientes y sociedades en las que estos sean parte o beneficiarios finales.
Estas reformas tienen un impacto significativo en la manera en que el Estado realiza sus adquisiciones y cómo las empresas, especialmente las de menor tamaño, pueden acceder a ellas. En total, en el Mercado Público se transan más de US$16.288 millones anuales, lo que representa el 4,5% del PIB nacional. Con estas modificaciones, se espera mejorar la eficiencia, promover la competencia y aumentar las oportunidades de negocio para las empresas, garantizando que los recursos del Estado sean utilizados de manera transparente y en beneficio de todos los ciudadanos.