La Comisión de Familia inició la votación en particular del proyecto que modifica cuerpos legales para prohibir el porte y tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar.
Durante la votación del texto, las y los diputados respaldaron una indicación referida a la situación de riesgo inminente de sufrir maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar.
Ante ello, se estableció que en caso de intimidación, por parte de quien agrede, mediante utilización de arma de fuego o que esta arma se encuentre en el hogar que comparte con la víctima, el juez aplicará de manera preventiva, como medida cautelar, la prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el comiso de armas de fuego.
Regulación Armas
La iniciativa en trámite propone incorporar como presunción de situación de riesgo inminente de sufrir VIF, el hecho de tener armas inscritas. Para poder evaluar esta situación de riesgo se habilita el acceso del juez/a de familia a los registros de la Dirección General de Movilización Nacional.
En el caso de personas condenadas, la norma establece la prohibición de tener armas de fuego y decomisarlas en caso de tenerlas. Además, eliminar a la persona del registro nacional de armas. De la misma forma, aunque la persona condenada no tenga armas, si está inscrita, eliminarla del registro.
Además, modifica la ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia. El proyecto incorpora la prohibición de tenencia y porte de armas, para todos los que están siendo procesados, teniendo acceso directo al registro. Además, en caso de que haya razones para que el juez/a sospeche que existe tenencia ilegal de armas, podrá oficiar al Ministerio Público para que se investigue.
Fundamentos
En sus fundamentos, la iniciativa recalca que debido al aumento en la percepción de inseguridad de la población existe un incremento en el uso de armas de fuego en la comisión de distintos tipos penales.
Señala que la violencia afecta de forma más aguda a mujeres, niños y niñas. Según las estadísticas del Centro de Estudios y Análisis del Delito (CEAD), el año 2022 se registraron 106.404 casos de VIF contra mujeres en Chile.
Actualmente, la ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar (VIF) incluye como medida adicional a la sentencia la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego. Por otro lado, la ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia establece como una posible medida cautelar para la protección de la familia, la prohibición del porte y tenencia de cualquier arma de fuego, municiones y cartuchos.
Ante ello, plantea que si bien estas normativas ya permiten al Poder Judicial prohibir la tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar, no son obligatorias, por lo que dependen de cada juez o jueza.