jueves, octubre 31, 2024

Diputados RN buscan cerrar temporalmente el tránsito de venezolanos y penalizar el ingreso por pasos no habilitados

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Ante la posibilidad de una nueva ola migratoria de ciudadanos venezolanos a Chile tras el fraudulento triunfo de Nicolás Maduro en las elecciones presidenciales de ese país, la bancada de diputados RN presentó un proyecto de ley que busca cerrar “temporalmente” –por un plazo de seis meses desde la publicación en el Diario Oficial– el tránsito de venezolanos hacia el interior de nuestro país.

Se aclara en la iniciativa que la medida es excepcional y que no afectará a aquellos venezolanos “que ingresen al territorio nacional con el solo fin de proseguir en tránsito a un país extranjero”; “los ciudadanos venezolanos tripulantes de naves y aeronaves que ingresen” a nuestro nación; “los padres o hijos venezolanos de un chileno o extranjero residente de manera regular en el territorio nacional, nacidos en el extranjero, que ingresen en calidad de turistas”, «quienes cuenten con residencia en nuestro país«, etc.

Para la jefa de la bancada Ximena Ossandón, resulta “fundamental prepararnos para la ola migratoria que causará la crisis política en Venezuela, y en ese sentido es fundamental contrarrestar el efecto llamado de las medidas y políticas impulsadas por este gobierno, que dice combatir la migración irregular y el ingreso clandestino, pero en paralelo insinúa regularizaciones, no expulsa y mira con los brazos cruzados cómo Bolivia se ríe de nosotros haciendo de su frontera un colador”.

A juicio de la legisladora, “no hay ningún desincentivo para ingresar a Chile como irregular, y eso lo debemos combatir”.

El proyecto presentado no toca la permanencia de “venezolanos que porten visas diplomáticas y oficiales emitidas por el Ministerio de RR.EE. de Chile”; tampoco de “los ciudadanos venezolanos que tengan un vínculo matrimonial o un Acuerdo de Unión Civil con un chileno o extranjero residente de manera regular en territorio nacional, celebrado en Chile” (…) o en el extranjero. En el estos dos últimos casos, deben acreditar la condición con el “correspondiente certificado del Servicio de Registro Civil e Identificación”, o bien el “certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil ante el consulado respectivo”.

Hugo Rey, subjefe de la bancada, precisó que con la iniciativa legal “no queremos imponer de manera permanente un estatuto que, simplemente, busca hacerse cargo de los flujos migratorios que pueden agravar aún más la crisis que atraviesa nuestro país”.

Añadiendo que “la entrada en vigencia de estas medidas puede mostrar al gobierno cuál es el camino, o que al menos lo entiendan los sectores democráticos del oficialismo que creen en la facultad de los Estados de decidir quién ingresa por sus fronteras”.

El parlamentario de derecha concluyó que lamentablemente “algunos aún no maduran y siguen con ese infantilismo del derecho a la migración como una garantía absoluta, boicoteando todas las definiciones de la ley de migraciones que impulsó Sebastián Piñera”.

El proyecto de ley también establece que “quienes solicitaren el reconocimiento de la calidad de refugiado” solo podrán en su país de origen e ingresar a Chile una vez que se haya declarado “admisible dicha solicitud (…) concediéndosele al solicitante y a los miembros de su familia que lo acompañen la visa de residente temporal”.

Finalmente, la iniciativa establece que quienes ingresen “al territorio nacional de manera clandestina, por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio, *será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo o multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales ($330 mil a $660 mil aproximadamente)”.

Para quienes entren existiendo en su contra un “impedimento o prohibición de ingreso (…) será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio o máximo”. Mientras quien ingrese o intente salir “valiéndose de un documento de identidad o de viaje falso o faltando a la verdad en información requerida por la autoridad para autorizar el ingreso o salida”, sufrirá una “pena de presidio menor en sus grados medio a máximo”.

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