domingo, diciembre 22, 2024

Tribunal mantiene en prisión preventiva a exalcalde de Rancagua

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El Juzgado de Garantía de Rancagua mantuvo este martes en prisión preventiva al exalcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy Muñoz, quien está imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos, delitos tributarios y cohecho agravado reiterado, los que habrían sido perpetrados entre 2021 y 2023.

En audiencia de revisión de la prisión preventiva, el magistrado Gonzalo Bulnes rechazó la solicitud de la defensa al estimar que no han variado las circunstancias que se tuvieron presente al decretar el ingreso en prisión de Godoy Muñoz, por lo que su libertad sigue constituyendo un peligro para la seguridad de la sociedad y el éxito de la investigación.

Su libertad sí constituye un peligro para el éxito de la investigación y, además, de que no se presente a los actos del procedimiento por las penas asociadas a los delitos, puesto que serían de cumplimiento efectivo probablemente en caso de condena. Se estima que no se podrá sustituir, porque hay peligro para la seguridad de la investigación, pero, además, porque la ley califica como peligro para seguridad social en atención a la reiteración, multiplicidad de delitos, a que ejercía un cargo de elección popular, por lo tanto, se mantiene la medida rechazando la sustitución solicitada”, razonó el juez.

En la audiencia, el tribunal acogió la solicitud de la defensa de Diego Barba Oliva, imputado por el delito consumado de soborno, y decretó las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno, arraigo nacional y la prohibición de comunicarse con los coimputados en la causa.

Respecto del arresto domiciliario nocturno de 8 horas que pide la defensa, el Ministerio Público se adhiere, el Servicio de Impuestos Internos se adhiere, el Consejo de Defensa del Estado está junto con los querellantes particulares por un arresto domiciliario total. Se ha indicado por parte del Ministerio Público que el arresto sea parcial para efectos de la reinserción laboral del imputado, que pueda colaborar a la satisfacción de las multas que vienen asociadas a las condenas (…) se estima que para los fines procesales es suficiente como un arresto domiciliario parcial, el arraigo nacional, como ya se indicó, y la prohibición de comunicación. Se acoge entonces la solicitud de la defensa en este sentido”, resolvió el magistrado.

Según el ente persecutor, Godoy Muñoz habría favorecido a cambio de dinero a los coimputados a través de actos, tratos directos sin justificación, no cobró de multas, pagos a obras no realizadas, generando ingresos irregulares en perjuicio fiscal.

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