Por unanimidad (133 votos), la cámara de Diputadas y Diputados despachó al Senado para su segundo trámite legislativo, el proyecto de ley sobre ejecución de sanciones penales, avanzando en la agenda de seguridad ciudadana y prevención del delito.
La acción legislativa modifica diversos textos legales en materia de ejecución de sanciones penales del Proyecto de Ley presentado en 2018 por los entonces diputadas y diputados Carmen Hertz, Jorge Alessandri, Renato Garín, Marcos Ilabaca, Raúl Leiva, Diego Schalper y Matías Walker.
El ministro de Justicia, Luis Cordero, destacó que “esta es quizá una de las reformas más significativas al sistema procesal penal, esencialmente porque lo completa”.
La acción legislativa se da en el marco de la actual situación penitenciaria que vive el país, donde se ha experimentado un alza sin precedentes de la población privada de libertad.
Considerando que en Chile no existen jueces de vigilancia penitenciaria o jueces de ejecución de penas, la aprobación de la moción busca específicamente la presencia de tribunales especializados en la ejecución de las penas, considerando que el hacinamiento carcelario innegablemente significará un aumento en la conflictividad al interior de las unidades penales.
El aspecto más importante de la ley en cuestión es el establecimiento de un control de carácter jurisdiccional respecto de la fase de la ejecución de la pena, instancia anhelada por diversas instituciones que participan del sistema de justicia penal, centros de estudio, parlamentarios y en general de la doctrina.
A través de esta iniciativa se crean 14 tribunales de ejecución de penas y medidas de seguridad en las comunas de Arica, Iquique, Antofagasta, La Serena, Valparaíso, Rancagua, Talca, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, San Miguel, Colina y Santiago. Estos contarán con 22 magistrados y 108 funcionarios, a los que se suman otros nuevos cinco jueces de garantía.
Asimismo, se incorporan 36 salas preferentes en los juzgados de garantía en otras comunas que cuenten con establecimientos penitenciarios del sistema cerrado dentro de su jurisdicción.
Adicionalmente, habrá una asignación de jornadas, días o salas, con dedicación exclusiva para todos los demás juzgados de garantía. El texto señala que se deberá priorizar la asignación de estas jornadas al conocimiento de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Según las cifras estimadas por el Ejecutivo, con esta distribución, un 80% del total de las personas sujetas a la atención o custodia de Gendarmería de Chile se encontrarían cubiertas por tribunales de ejecución. Además, un 19% serían atendidos en salas preferentes y sólo un 1% en la modalidad de asignación de salas.
Son claves de la ley:
1. Establece un control jurisdiccional de la ejecución de penas y medidas de seguridad.
2. Permite la asignación de jueces especializados y salas exclusivas para la ejecución de penas.
3. Crea un órgano jurisdiccional independiente, imparcial y especializado.
4. Perfecciona los mecanismos de control judicial de la ejecución penal.