La bancada de diputados RN, encabezada por Andrés Longton y Sofía Cid, recurrieron esta mañana a la Contraloría Regional por las “serias dudas acerca de la objetividad del INDH como ente calificador» para que se pronuncie respecto de la otorgación de pensiones de gracia a las víctimas del estallido social por parte del Gobierno.
Se trataría de 367 beneficiados por violaciones a los derechos humanos en el contexto de los hechos de violencia ocurridos a partir del 18 de octubre del año 2019 y los parlamentarios quieren determinar si la acción se apega a la norma.
Los que defienden el actuar del INDH en la materia afirman que la glosa 12 de la Partida 50 del Tesoro Público de la Ley de Presupuestos de 2021 habilitó al organismo para acreditar la calidad de víctimas y así posteriormente otorgar las pensiones por parte del Ejecutivo.
Sin embargo, esto se contrapone a lo establecido en la Ley de Presupuesto del año 2022 según los parlamentarios “al establecer en el programa ‘subsidios’ de la Partida correspondiente al Tesoro Público, en su glosa 12, que ‘con cargo a estos recursos se podrá considerar como beneficiarios, a personas afectadas en el contexto de las manifestaciones iniciadas en el mes de octubre de 2019, conforme a lo establecido en la Ley N° 18.056”.
“La calificación para 2021 se realizaba con la participación del INDH, pero para 2022 prescinde de su participación. De hecho, parece tan evidente que el INDH carece actualmente de las competencias para calificar la calidad de víctima, que el proyecto de Ley de Presupuesto 2023 repone su participación, para otorgar nuevas pensiones de gracia a víctimas de violaciones a los derechos humanos acreditadas por el INDH que a causa de sus lesiones sufran un menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo, desde el 18 de octubre de 2019 en adelante”, agregan.
Ante esas dudas, los parlamentarios opositores requirentes solicitan al contralor que, en uso de sus facultades constitucionales y legales, disponga una investigación para determinar si el otorgamiento de pensiones de gracia hecha en mérito de lo dispuesto en la glosa 12 del Programa Subsidios de la Partida Tesoro Público de la Ley de Presupuestos del Sector Público ha cumplido con los requisitos tanto sustantivos, como formales que por su parte exige la Ley N° 18.056, estableciendo si ha sido procedente la participación del Instituto Nacional de Derechos Humanos como ente calificador de los requisitos de acceso a las pensiones y si los actos que otorgan una pensión cumplen con los requisitos de motivación y trámite de toma de razón por parte de Contraloría’.
En este sentido, Longton manifestó que “más allá de lo arbitrario que parece que se entreguen pensiones a quienes, en muchos casos, enfrentaron a carabineros y vandalizaron, nos asiste la convicción de que no se han observado normas legales en la entrega de las pensiones y albergamos serias dudas acerca de la objetividad del INDH como calificador de circunstancias que, en cualquier Estado democrático, debiesen hacer los tribunales de justicia. Pensiones de gracia por lesiones leves calificadas meses más tarde por un órgano querellante en muchos de los casos, es una irregularidad inaceptable”.
La diputada Cid agregó que “las pensiones de gracia por lesiones leves que constan en decretos exentos de toma de razón, es una bofetada para los cientos de víctimas del vandalismo y la delincuencia, así como para quienes se han visto desplazados forzosamente, por ejemplo, desde La Araucanía. El Estado debe responder de manera ecuánime, y dentro de marcos legales, algo que parece haberse omitido para saldar deudas políticas del Presidente”.