Avanza en la Comisión de Economía de la Cámara el proyecto presentado por la bancada de diputados RN que pretende evitar los cobros indebidos en el precio del gas luego de la denuncia sobre los valores llevada a cabo por Metrogas en los últimos años, a través de su empresa “espejo” Agesa.
Ayer martes, en la instancia se aprobó por unanimidad la idea de legislar la iniciativa que busca que en el cálculo y chequeo de la rentabilidad de las empresas distribuidoras de gas natural se considere también a sus empresas relacionadas, con el fin de evitar las sobreganancias. Los legisladores tendrán hasta el 27 de junio para agregar indicaciones y así iniciar la votación en particular.
De esta manera, los diputados de la tienda opositora, se adelantaron al Gobierno que anunció un proyecto que debiera ingresar en los próximos días.
El proyecto de RN fue ingresado el 31 de mayo, cuyo texto indica que: «el chequeo de rentabilidad que se realice a la concesionaria (…) deberá incorporar los costos e ingresos asociados al aprovisionamiento de gas que le realice su proveedor relacionado y el costo del gas (…) deberá calcularse en el o los puntos de recepción del proveedor relacionado, de modo que la rentabilidad resultante de la concesionaria corresponda a la del grupo económico«.
Lo anterior significa que en el caso de Metrogas, el cálculo de la rentabilidad abarcaría a Agesa, su empresa relacionada que le provee de gas.
También se incorporó una indicación del diputado Miguel Mellado (RN) que plantea que «en el caso de venta de empresas relacionadas que provean suministro de gas a la empresa distribuidora, esta última deberá realizar una licitación pública e internacional de suministro de gas«.
Sobre el proyecto
En concreto, el proyecto de ley impide el abuso de una norma transitoria mediante la creación de empresas relacionadas y luego firma de contratos de largo plazo para el desvío de utilidades, especificando que la norma no aplica para contratos de empresas relacionadas. Adicionalmente se perfecciona la regulación de la rentabilidad máxima de las empresas distribuidoras de gas, de acuerdo al artículo 30 bis de la Ley de Servicios de Gas, para que se calcule a nivel consolidado.
Cabe destacar que estos elementos formaban parte de un proyecto de ley que perfeccionaba el mercado del gas, reflejando las sugerencias de la Fiscalía Nacional Económica en su Estudio de Mercado del Gas de diciembre de 2021, y que fue retirado por el Gobierno actual el día 10 de mayo de este año.