viernes, diciembre 20, 2024

¿Y dónde está el Gobierno? en medio de varias crisis parece que Chile esta funcionando con Piloto Atomático…y justo HOY se publica nueva Ley de Migración

En este marasmo, este sábado el Diario Oficial de la República ha publicado la nueva Ley de Migraciones que supone un mejor reordenamiento de la migración y permitiría de verdad -si se aplica la ley claro- expulsar a los irregulares no como ocurre ahora.

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La jocosa y ridícula cinta «¿Y dónde está el piloto? (1980) es aplicable al momento que vive el país: ¿Y dónde está el Gobierno? poque no cabe otra pregunta dadas las varias crisis en curso que afectan al país y los ministros y el propio Presidente están de vacaciones y los subrogantes de los subrogantes simplemente no tienen la capacidad para dar o bien coordinar la presencia del Gobierno para lograr aunque sea para lograr el efecto que existen, tal como ha ocurrido en La Araucanía, para que decir con el estalido social que llevó al país a la peor crisis de conducción política en los últimos 40 años y ahora la migratoria que está -literalmente- sepultando al Gobierno.

La crisis migratoria está llegando a un nivel de máxima gravedad como quedó demostrado este jueves con el asesinato del camionero y recié este sábado el ministro del Interior visitará Antofagasta cuando escaló el malestar del sector transportistas que han bloqueado y siguen bloqueando las rutas el país, principalmente en el norte el país que se ha visto literalmente invadidos por cientos y cientos de migrantes en su mayoría venezolanos.

En este marasmo, este sábado el Diario Oficial de la República ha publicado la nueva Ley de Migraciones que supone un mejor reordenamiento de la migración y permitiría de verdad -si se aplica la ley claro- expulsar a los irregulares no como ocurre ahora.

La nueva Ley de 182 artículos

En su artículo dos señala: Es deber del Estado promover una migración regular y ordenada, orientada a que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes. De igual forma, el Estado debe instar por una migración segura, manifestada en las acciones tendientes a prevenir, reprimir y sancionar el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, y los tratados internacionales ratificados por Chile sobre la materia y que se encuentren vigentes.

Artículo 11.- Los pasos habilitados podrán ser cerrados total o parcialmente al tránsito de personas y mercancías, en forma temporal o definitiva, por decreto supremo dictado con la firma de los ministros del Interior y Seguridad Pública, de Hacienda, de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores, cuando ello sea necesario para la seguridad interior o exterior, la salud pública o la seguridad de las personas.


Artículo 16.- Tienen prohibido su ingreso al país aquellos extranjeros que no cumplan con los requisitos establecidos para ello en la ley Nº 21.325, en el presente reglamento y en los decretos que fijan las subcategorías migratorias. Excepcionalmente, y por causas de índole humanitaria, la Policía podrá autorizar la entrada al país de extranjeros que no cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia de migraciones. Asimismo, de aquellos que en general se encuentren sujetos a alguna de las causales de prohibición de ingreso contempladas en la ley Nº 21.325. previa autorización del Servicio.

REVISA ACÁ LA LEY Nº 21.325, DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA:

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